SAP Albacete 26/2011, 3 de Febrero de 2011
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 26/2011 |
Fecha | 03 Febrero 2011 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
ALBACETE
SENTENCIA: 00026/2011
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECC.2ª
A L B A C E T E.-Rollo nº 174 / 10.- ORGANO DE PROCEDENCIA : Juzgado de 1ª Instancia nº 4 -ALBACETE
Impugnación Costas dimana de J.VERBAL nº765 / 08.- S E N T E N C I A Nº 26/2011
EN NOMBRE DE S . M EL REY
ILMOS . SRES. :
Presidente :
D . ANTONIO NEBOT DE LA CONCHA.-Magistrad@s :
Dª MARÍA DE LOS ANGELES MONTALVÁ SEMPERE.-D. JUAN MANUEL SÁNCHEZ PURIFICACIÓN.- En Albacete a tres de febrero de 2.011.- VISTO ante ésta Ilma. Audiencia Provincial Recurso de Apelación formulado por el demandadoimpugnante Sabino representado en la alzada por el/la Procurador/a Sr/a. Manuel Serna Espinosa siendo apelado PROMOCIONES Y EDIFICACIONES QUINTANAR DEL REY S.L representado por el/la Procurador/ a Sr/a. Ana Gómez Ibáñez, contra Sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 de Albacete en Expediente de ITC dimanante de Juicio Verbal nº 765/08, designada Ponente la Ilma .Sra. Magistrada D ª MARÍA DE LOS ANGELES MONTALVÁ SEMPERE y :
Con fecha 21 de Abril de 2.009 se dictó Sentencia por el Juzgado a quo cuya Parte dispositiva dice:" Que desestimo la impugnación de la tasación de costas de 20 de noviembre de 2009 formulada por la representación procesal de D. Sabino contra PROMOCIONES Y EDIFICACIONES QUINTANAR DEL REY S.L en autos de juicio verbal num. 765/08; imponiendo a la demandada impugnante las costas causadas."
Sustanciado y seguido el presente Recurso por sus trámites en virtud de apelación interpuesta por el impugnante (demandado originario) quien rebate la minuta del Letrado "por excesivos" y la cuenta del Procurador por indebida, en el escrito se interesó la revocación de la Sentencia apelada dictándose otra en los términos indicados.
Se acordó tener por interpuesto el mismo, con traslado a la contraparte, habiendo presentado otro de oposición y elevadas las actuaciones a ésta Ilma. Audiencia, Sec. 2ª, con fecha 14/7/2010 se dicta Providencia en cuya virtud se acuerda designar Magistrada Ponente y con fecha 13/9/2010 se señala fecha para Votación y Fallo: 10/1/2011, tras lo cual quedó el Recurso pendiente de su Resolución respetándose todas las prescripciones legales aplicables en la alzada.
Se combate la Sentencia dictada en la instancia por quien impugna la tasación de costas efectuada dimanante de Juicio Verbal arrendaticio siendo en el actual apelante demandado en ese litigio inicial y vencido y refuta dicha tasación impugnando la minuta por "excesiva" y los derechos del Procurador por "indebidos".
Antes de entrar en el fondo y al hilo de los argumentos esgrimidos por el apelado cuando se opone a la apelación formulada de contrario, hay que dejar sentado que el trámite seguido es el oportuno pues como en otras ocasiones nos hemos pronunciado, los derechos de los Procuradores no pueden ser combatidos por excesivos al estar regulados arancelariamente precisamente por hallarse dichos derechos económicos automáticamente cuantificados en el Arancel correspondiente y ser por ello...
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