SAP Badajoz 183/2001, 22 de Junio de 2001

PonenteFERNANDO PAUMARD COLLADO
ECLIES:APBA:2001:906
Número de Recurso19/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución183/2001
Fecha de Resolución22 de Junio de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Badajoz, Sección 2ª

D. SANCHEZ UGENAD. CARAPETO MARQUEZ DE PRADOD. PAUMARD COLLADO

S E N T E N C I A N° 183/01

ILTMOS. SRES .....................

PRESIDENTE.........................

SR. SANCHEZ UGENA .................

MAGISTRADOS........................

SR. CARAPETO MARQUEZ DE PRADO :

SR. PAUMARD COLLADO ...............

Recurso Civil n° 0019/01

Autos n° 0278/00 ..................

Juzg 1ª I e I. Jerez los Caballeros:

En BADAJOZ, a veintidos de Junio de dos mil uno.

Vistos, en trámite de apelación ante la Sección Sección Segunda de esta Audiencia Provincial los Autos n° 0278/00, procedentes del Juzg 1ª I e I. Jerez los Caballeros, sobre Juicio Ejecutivo en los que aparece como apelante AXA AURORA IBERICA S.A. y María Virtudes ; Luis Francisco , asistidos del Procurador Sr. ESTHER PEREZ PAVO y MARIA DE LAS NIEVES TORRES MATA, respectivamente, y defendido por el Letrado SALUSTIANO ALVAREZ BUIZA y ANTONIO RAMOS SANCHO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan en cuanto son relación de trámites y antecedentes los de la sentencia apelada que con fecha 27 de Septiembre de 2.001 dictó el Iltmo Sr. Magistrado Juez del Juzg 1ª I e I. Jerez los Caballeros.

SEGUNDO

La referida sentencia contiene el siguiente FALLO: " Que con estimación de la excepción de pluspetición alegada por la parte ejecutada debo mandar y mando seguir adelante la ejecución despachada instancia del Procurador D. Enrique Martín Martínez en nombre y representación de Dª. Sofía , María Virtudes y D. Luis Francisco hasta hacer trance y remate de los bienes embargados o que se embarguen en el futuro a Cía. Aseguradora AXA y con su producto, entero y cumplido pago a la parte ejecutante de la cantidad de 800.532 ptas de principal para cada uno de los perjudicados sin hacer especial pronunciamiento en materia de costas procesales.

TERCERO

Contra expresada sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte ejecutante y ejecutada, que le fue admitido en ambos efectos, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el rollo de Sala, que fue seguido por sus trámites, señalándose día y hora para la vista oral del recurso que tuvo lugar y en el que las partes personadas alegaron lo que a su derecho estimaron conveniente.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr PAUMARD COLLADO

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicita el apelante la revocación de la sentencia de instancia por dos motivos: 1°) Nulidad de título de ejecución, que debió dar lugar a que no se dictase sentencia de remate y la no imposición de costas o condene en costas al ejecutante. 2°) Nulidad parcial de título, por concurrir pluspetición, al no poder reclamar María Virtudes y Luis Francisco , debiendo minorarse, además, la cantidad de Sofía y deben imponerse las costas al ejecutante.

Sin embargo, la Sentencia de instancia no entra en el estudio de la nulidad de título. Nulidad que el apelante propugna, en primer lugar, que sea total, pues da una cantidad global a una pluralidad de beneficiarios; en virtud de aclaración, el juzgador "a quo" procedio a cambiar a los beneficiarios, dándoles una cantidad global, "in toto" a la hermana de la víctima y a los sobrinos, sin distinguir.

Subsidiariamente, propugnaba que se decretase la nulidad parcial, porque entendía que no podían incluirse en el título a dos sobrinos de la victima, por la condición de ser los herederos testamentarios, que son a los que, por ese solo título, se les otorga el Auto ejecutivo, cuando resulta que los sobrinos no entran en la tabla de perjudicados, máxime cuando no convivían con el fallecido. Pero es que, además, si acaso los sobrinos pudieran percibir algo, sólo podría serlo en menor cantidad que la otorgada, porque, ni convivían con la víctima, ni dependían económicamente de ella; y, sin embargo, la Sentencia le da más que si fueran hijos o padres de la víctima.

Y es que, sigue diciendo el apelante, pese a existir hermanos de la víctima, que no han renunciado a nada, sin embargo, no son mencionados en el Auto ejecutivo.

Finalmente, la parte apelante indicaba que si la única perjudicada fuera Sofía , sólo podría percibir la cantidad de 1.601.065 ptas por aplicación del 50 por ciento de concurrencia de culpas y sin embargo, la Sentencia le otorga mayor cantidad.

Por su parte, el segundo apelante, los beneficiarios del título ejecutivo, solicitaban la revocación parcial de la Sentencia apelada, por entender que había incurrido en error en la valoración de la prueba, en concreto sobre el extremo relativo a la no apreciación de la culpa exclusiva del conductor del vehículo asegurado en la Compañía "AXA".

apoyaban su recurso, también, los mencionados apelantes, en la consideración de que, a su juicio, la Sentencia habría infringido los artículos 1.473 y 1.474 L.E.C., porque las costas debieron imponerse al ejecutado. Finalmente, consideraban que había infracción del art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro por no imponer los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR