SAP Almería 387/1997, 22 de Diciembre de 1997

PonenteJUAN RUIZ-RICO RUIZ-MORON
Número de Recurso296/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución387/1997
Fecha de Resolución22 de Diciembre de 1997
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 1ª

SENTENCIA N° 387

Ilmos. Sres.

Presidente

D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORON

Magistrados

Dª TARSILA MARTINEZ RUIZ

D. RAFAEL GARCIA LARAÑA

ALMERÍA, a veintidós de Diciembre de mil novecientos noventa y siete.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, rollo

numero 0296/97, los autos procedentes del Jdo 1ª Inst/Instruc, de Purchena, seguidos con el

número 0008/96, sobre juicio verbal civil de tráfico entre partes, de una como actor D. Abelardo y, de

otra como demandada la entidad U.A.P. Ibérica S.A., cuyas demás circunstancias

constan en la sentencia apelada, la primera dirigida por la Letrada Dª Pilar Gil Bohorquez, y la

segunda dirigida por el Letrado D, Juan Cano Calero. También fueron demandados no comparecidos

en autos D. Augusto y D. Rodolfo .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERA

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Sr. Juez del Jdo. 1ª Inst/Instruc de Purchena, en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 4 de febrero de 1997 , cuyo Fallo dispone: Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por el Procurador D. José Juan Martínez Castillo, en nombre y representación de D. Abelardo , asistido por la Letrada D. Pilar Gil Bohorquez condenado a D. Augusto y a la Compañía de Seguros U.A.P representados por la Procuradora D. Ana Aliaga Monzon y asistidos por el Letrado D. Juan Miguel Cano Velázquez, así como a D. Rodolfo , a que solidariamente paguen a D. Abelardo la cantidad de

1.745.920 ptas y a la entidad aseguradora reseñada a que pague al actor los correspondientes intereses del

20 por ciento desde la fecha del siniestro; todo ello, sin hacer expresa imposición de las costas causadas eneste procedimiento.

TERCERO

Contra la referida sentencia y par la representación procesal de U.A.P. Ibérica se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que admitido en ambos efectos, interesando en su escrito la revocación de la sentencia y se dicte otra rebajando la cuantía indemnizatoria y se elimine el interés del 20 por ciento, del recurso se dio traslado a la parte actora que presentó escrito impugnando el recurso y adhiriéndose a él solicitando se aumentare la indemnización en 450.000 pts. Asimismo, la parte actora recurrió en apelación el auto de 3 de abril de 1997, que desestimaba el recurso de reposición deducido por ella contra la providencia de 18 de febrero de 1997.

CUARTO

Recibidas las actuaciones en este Tribuna., se formó rollo de Sala se turnó de ponencia y trajeron los autos para votación y Fallo el día 10 de los corrientes.

Y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORON.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la Sentencia de primera instancia que condena a los demandados a que en forma solidaria abonen al actor la suma de 2.745.920 pts en concepto de daños y perjuicios sufridos con ocasión del accidente de tráfico ocurrido el día 21 de junio de 1994, se alzan los recursos de la Compañía aseguradora U.A.P. Ibérica S.A. que discrepa de la valoración efectuada en dicha resolución respecto a los perjuicios irrogados al actor, solicitando que aquella sea revocada parcialmente estableciéndose la indemnización de 655.810 pta. sin imponer el interés penalizador del 20 por ciento y el recurso adherido del actor que interesa que la indemnización se incremente en 450.000 pta por los perjuicios estéticos y cojera que sufre como consecuencia del accidente.

SEGUNDO

Con carácter previo a lo que es materia de decisión en cuanto al fondo del asunto debatido, es necesario tratar del recurso de apelación...

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