SAP Barcelona 616/2004, 29 de Octubre de 2004

PonenteAMELIA MATEO MARCO
ECLIES:APB:2004:12911
Número de Recurso632/2004
Número de Resolución616/2004
Fecha de Resolución29 de Octubre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

SENTENCIA N ú m. 616/04

Ilmos. Sres.

D. RAMON FONCILLAS SOPENA

Dª AMELIA MATEO MARCO

Dª MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA

En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de octubre de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecisiete de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio de Procedimiento Ordinario nº 219/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Barcelona , a instancia de D. Felipe , contra Dª Rebeca , D. Benjamín Y D. Juan Enrique ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 13 de Abril de 2004 , por el Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda formulada por don Felipe , representado por la Procuradora Sra. Borrás Mollar, contra Son Juan Enrique y doña Benjamín , en su condición de representantes legales de su hija menor de edad doña Rebeca , representados por la Procuradora Sra. Morcillo Villanueva y, en su consecuencia, debo CONDENAR Y CONDENO a los demandados a abonar solidariamente al actor la suma de 34.974,43 euros, más intereses legales desde la interpelación judicial, sin expresa condena en costas".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito de fecha 7 de Julio de 2004; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día CATORCE DE OCTUBRE ACTUAL.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª AMELIA MATEO MARCO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Tres son los motivos que alegan los demandados para fundar su recurso de apelación contra la sentencia en que se les condena a indemnizar al actor por las lesiones sufridas como consecuencia de un accidente de circulación motivado por la conducta negligente de su hija de 13 años, Rebeca : vulneración de las normas sobre carga de la prueba; valoración errónea de la prueba practicada; y, ausencia de responsabilidad de ellos como padres de la menor.

Por lo que se refiere a la primera cuestión, es cierto, como sostienen los apelantes, que en el presente litigio no procede inversión alguna de la carga de la prueba, pero es que la sentencia de primera instancia no aplica en ningún momento dicha inversión, sino que condena porque entiende probado que la culpa del accidente debe atribuirse única y exclusivamente a la menor, y de ahí nacería la obligación de indemnizar ex. art. 1902 CC , que se extiende a los demandados, por aplicación del art, 1903 CC .

SEGUNDO

El actor, que conducía una motocicleta de gran cilindrada, sufrió las lesiones por las que reclama al colisionar con un fitón de metal contra el que salió despedido después de golpear a la menor, que acaba de acceder a la calzada de entre vehículos estacionados y por lugar no destinado a paso de peatones.

Los apelantes consideran que se ha valorado erróneamente la prueba practicada porque se ha tomado en consideración sólo la opinión de los agentes de la Guardia Urbana, que no presenciaron el accidente, y no la declaración de los testigos presenciales, los cuales manifestaron que la moto circulaba a una velocidad elevadísima.

La responsabilidad de la menor en la causación del accidente resulta palmaria, pues se dispuso a cruzar la calzada...

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