SAP Sevilla 301/2007, 25 de Junio de 2007

PonenteCARLOS MARIA PIÑOL RODRIGUEZ
ECLIES:APSE:2007:2093
Número de Recurso2905/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución301/2007
Fecha de Resolución25 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª

SENTENCIA NÚM. 301

ILTMO SR. PRESIDENTE

DON MANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCIA

ILUSTRISIMOS MAGISTRADOS SRES.

DON RAFAEL MARQUEZ ROMERO

DON CARLOS PIÑOL RODRIGUEZ

En la Ciudad de Sevilla a veinticinco de Junio de dos mil siete.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, el recurso de apelación interpuesto en los autos de juicio sobre ORDINARIO procedentes del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de DOÑA María Antonieta , DON Fidel , DOÑA Leonor , DOÑA Araceli Y DON Sebastián ( HEREDEROS) y DOÑA Rebeca ,que en el recurso son parte APELANTES , representados por el Procurador Sr. Martín Toribio contra DON Alejandro y DOÑA Gloria , que en el recurso son parte APELADA, representados por el Procurador Sr. Pérez de los Santos y contra DOÑA Beatriz , que en el recurso es parte APELADA, representado por la Procuradora Sra. Carmona Delgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 13 de Octubre de 2005 , que expresa literalmente en su parte dispositiva: DESESTIMAR INTEGRAMENTE la demanda formulada por DON Rodolfo ( sucedido procesalmente por sus herederos) y DOÑA Rebeca , representados pro el Procurador de los Tribunales Don José María Rodríguez Valverde, contra DON Alejandro y DOÑA Gloria , representados por la Procuradora de los Tribunales Dª Carmen Saucedo Pradas y contra DOÑA Beatriz , representada pro la Procuradora de los Tribunales Dª María del Carmen Martínez Pérez y ABSUELVO a los demandados , condenando al actor al pago de las costas procesales.ESTIMAR PARCIALMENTE la demanda reconvencional formulada por DOÑA Beatriz , representada por la Procuradora de los Tribunales Dª María del Carmen Martínez Pérez, contra DON Rodolfo (sucedido procesalmente pro sus herederos) y Dª Rebeca , representados por el Procurador de los Tribunales Don José María Rodríguez Valverde y DECLARO que la finca número NUM000 inscrita en el Registro de la Propiedad de Carmona, al tomo NUM001 , libro NUM002 , folio NUM003 es propiedad y dominio sin ninguna restricción de DOÑA Beatriz , CONDENANDO a los reconvenidos a que dejan la finca mencionada libre y expedita, en el plazo legal, bajo apercibimiento , en caso de incumplimiento, de que se procederá a su costa".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Se celebró la vista oral del presente recurso con la asistencia de los Letrados por ambas partes quienes han informado en apoyo de sus respectivas pretensiones.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON CARLOS PIÑOL RODRIGUEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia desestima la demanda interpuesta por Don Rodolfo y Dª Rebeca contra Dª Beatriz , y estima la demanda reconvencional, declarando que la finca NUM000 del Registro de la Propiedad de Carmona, es propiedad de Dª Beatriz , pues entiende que ha justificado el titulo dominical de la parcela reivindicada con una superficie de 20 a y 72 centiareas; la primera cuestión que analiza la parte apelante en su recurso es la posible nulidad de actuaciones por haberse admitido la demanda reconvencional contra la esposa del actor principal Dª Rebeca ; la acción ejercitada por vía reconvencional afecta sin duda a un bien que en principio y al ser adquirido contraído matrimonio por D. Sebastián conforme a la presunción de...

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