SAP Granada 56/2007, 9 de Febrero de 2007
Ponente | ANTONIO MASCARO LAZCANO |
ECLI | ES:APGR:2007:389 |
Número de Recurso | 640/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 56/2007 |
Fecha de Resolución | 9 de Febrero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 5ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCIÓN QUINTA
ROLLO Nº 640/06 - AUTOS Nº 23/05
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE BAZA
ASUNTO: JUICIO ORDINARIO
PONENTE SR. ANTONIO MASCARÓ LAZCANO
S E N T E N C I A N Ú M. 56
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D. ANTONIO MASCARÓ LAZCANO
MAGISTRADOS
D. JOSÉ MALDONADO MARTÍNEZ
D. JOSE MANUEL GARCÍA SÁNCHEZ
En la Ciudad de Granada, a nueve de febrero de dos mil siete.
La Sección Quinta de esta Audiencia Provincial constituida con los Ilmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 640/06- los autos de JUICIO ORDINARIO nº 23/05 del Juzgado de Primera Instancia nº 2 DE BAZA (Granada), seguidos en virtud de demanda de D. Luis Pablo y Dª María Teresa contra PROMOTORA MELRA, S.A.
Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha diecisiete de abril de dos mil seis, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE LA DEMANDA presentada por DON Luis Pablo y DOÑA María Teresa representados por el Procurador Sr. ANDRÉS MORALES GARCIA y defendida por el Letrado Sr.: RAFAEL ESTEPA PEREGRINA Contra PROMOTORA MELRA SL representado por el Procurador Sr. JUAN JOSE TUDELA LOZANO y defendido por el Letrado Sr. CARMELO MARTÍNEZ ANAYA, DEBO CONDENAR Y CONDENO A LA mercantil PROMOTORA MELRA S.L. a: 1.-a que otorguen a favor de los actores escritura pública de compraventa, contra el pago de estos últimos del resto del precio por importe de 33.505,85 € más el IVA correspondiente; y a que haga entrega de los boletines de instalación, en orden a poder contratar con normalidad los servicios de agua y electricidad, de la vivienda casa nº NUM000 de la promoción identificada hoy día con el número NUM001 de la calle DIRECCION000. 2.- Se condena a la demandada PROMOTORA MELRA S.L. a que a su costa legalice la obra realizada, encargando si aún no se hubiera hecho, la documentación técnica necesaria de la modificación del proyecto, gestionando en el Ayuntaminento la modificación de licencia y de la inscripción registral en el Registro de la Propiedad de Baza, con arreglo al nuevo proyecto y metros actuales de la vivienda. 3.- Se condena a la demandada PROMOTORA MELRA S.L. al pago de las reparaciones necesaria para reparar la rampa de la cochera, o en su caso de imposibilidad se minore del precio del importe de dicha reparación. Se desestima el resto de las peticiones solicitadas en el suplico de la demanda absolviendo al demandado de todos los pedimentos desestimados. Respecto a las costas abonará cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".
Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, al que se opuso la contraria; una vez elevadas las actuaciones a este Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.
Que, por este Tribunal, se han observado las formalidades legales en esta alzada.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO MASCARÓ LAZCANO.
Se aceptan los de la resolución recurrida en cuanto no se opongan a los que seguidamente se consignan, fundamentando por remisión respecto de los mismos.
Tal y como considera el Tribunal Supremo en Sentencias de 18-7-1997 : "Dice la sentencia de 8 de noviembre de 1994 que "aunque la Ley de Enjuiciamiento Civil no reconozca de modo expreso la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba