SAP Murcia 294/2001, 8 de Septiembre de 2001

PonenteANDRES PACHECO GUEVARA
ECLIES:APMU:2001:2282
Número de Recurso84/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución294/2001
Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

D. Antonio Salas CarcellerD. Juan Antonio Jover CoyD. Andrés Pacheco Guevara

Rº nº. 84/01

S E N T E N C I A Nº 294

Iltmos. Sres.:

D. Antonio Salas Carceller

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Andrés Pacheco Guevara

Magistrados

En la Ciudad de Murcia, a ocho de Septiembre de dos mil uno.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los Magistrados expresados, ha conocido en grado de apelación las actuaciones de orden civil, Rollo nº 84/01 dimanante del procedimiento tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Murcia sobre protección de derechos fundamentales en Incidente de la L.O. 1/82 seguido entre Dña. María Milagros y D. Ignacio como demandantes y el Sr. Director del Diario DIRECCION000 como demandado, ello en virtud del recurso de apelación promovido por Corporación de Medios de Murcia S.A. y D. Cosme , dirigidos en esta alzada por el Letrado Sr. García Gómez, mientras que la parte apelada lo ha sido por el también Letrado Sr. Tomás Gómez, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Andrés Pacheco Guevara, que expresa la convicción de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos principales de que el presente rollo dimana, el Juzgado de Primera Instancia con fecha 21/12/00 dictó sentencia, cuyo fallo es del tenor siguiente:

"Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Dña. Concepción Molina Estrella en nombre y representación de Dña. María Milagros y D. Ignacio , contra Corporación de Medios de Murcia, S.A., y D. Cosme y esposa, a los efectos del art. 144 del Reglamento Hipotecario, declaro que la fotografía y reportaje publicado en el diario DIRECCION000 de Murcia de fecha 8 de enero del año en curso, constituye una intromisión ilegítima en el derecho al honor y la propia imagen de los demandantes, condenando a los demandados a indemnizarles en la cantidad de 1.500.000 ptas y a que a su costa sea difundido el contenido de esta resolución en diario DIRECCION000 de Murcia con la misma extensión y características y en igual número de páginas que se publicó la notificación a la que se refiere la demanda; las costas procesales se imponen a los demandados".

SEGUNDO

Contra la citada resolución y en legal forma se promovió recurso de apelación por la representación procesal de la parte demandada, siendo admitido en ambos efectos, lo que originó la remisión de los autos originales a esta Sala, con emplazamiento de las partes, que se personaron en legal forma, señalándose, tras los traslados oportunos, para votación y fallo el día 7/9/01 y quedando los autos pendientes de resolución.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Los hechos enjuiciados han quedado totalmente acreditados. El Diario DIRECCION000 en su edición de Murcia del pasado día 8/1/00 informa en su primera página de un suceso, incorporando a la noticia una amplia fotografía en la que, sin corresponderse con la identidad referida en su propio pie, aparece la imagen de la actora saliendo del Cuartel de la Guardia Civil de Abarán, indicándose en dicho pie que la fotografiada es la agredida en el desarrollo del suceso violento del que se...

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