AAP Madrid 956/2003, 27 de Octubre de 2003
ECLI | ES:APM:2003:11679 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 956/2003 |
Fecha de Resolución | 27 de Octubre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 17ª
ROLLO DE APELACION Nº : 307/03
PROCEDIMIENTO
: ABREVIADO 196/03
JUZGADO DE LO PENAL Nº 21 DE MADRID
MAGISTRADAS Ilustrísimas Señoras:
Dª CARMEN ORLAND ESCÁMEZ
Dª Mª JESÚS CORONADO BUITRAGO
Dª PALOMA PEREDA RIAZA
La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa al
margen de referencia, ha dictado,
EN NOMBRE DE SU MAJESTAD, EL REY
la siguiente
S E N T E N C I A Nº 956/03
En la Villa de Madrid, a veintisiete de octubre de dos mil tres.
La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, formada por las Ilustrísimas Señoras Magistradas Dª CARMEN ORLAND ESCÁMEZ (quien la preside), Dª Mª JESÚS CORONADO BUITRAGO y Dª PALOMA PEREDA RIAZA, ha visto el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Carlos Cabrero del Nero en nombre y representación procesal de Luis Alberto contra la sentencia dictada con fecha 26 de junio de 2003, en procedimiento abreviado 196/03 por el Juzgado de lo Penal nº 21 de Madrid. Intervino como parte apelada el Ministerio Fiscal. La Ilustrísima Señora Magistrada Dª PALOMA PEREDA RIAZA actuó como Ponente y expresa el parecer del Tribunal.
Con fecha 26 de junio de 2003 se dictó sentencia en Procedimiento Abreviado 196/03 por el Juzgado de lo Penal nº 21 de Madrid.
En dicha resolución se fijaron los siguientes hechos como probados:
"Sobre las 11,40 horas del día 13-7-2002, el acusado Luis Alberto , con DNI. NUM000 , nacido el día 25/08/1960, con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, tras haber ingerido bebidas alcohólicas que le generaron un estado de intoxicación etílica que le impedía el adecuado control para la conducción, procedió a retirar su vehículo, furgoneta Citroen Berlingo, matrícula Y-....-YD , del lugar donde la tenía estacionada, sito en la C/Sierra del Torcal de esta capital, para lo cual efectuó una maniobra de marcha atrás colisionando contra el vehículo Citroen Xantia, matrícula Y-....-YH , el cual resultó con daños de cuyo importe ha sido resarcido su propietario.
Personados en el lugar de los hechos miembros de la Policía Nacional y Municipal, y ante los evidentes síntomas de embriaguez que presentaba el acusado, fue requerido para someterse a la prueba de alcoholemia, a lo que éste se negó en todo momento así como a practicar al efecto una extracción sanguínea".
Su parte dispositiva contenía el siguiente fallo:
"Que debo condenar y condeno a Luis Alberto como autor de un delito contra la seguridad del tráfico a la pena de 3 meses de multa con una cuota diaria de 3 euros, privación del permiso de conducir vehículos y ciclomotores a motor por un año y un día. Como autor de un delito de desobediencia concurriendo la circunstancia atenuante de embriaguez a la pena de 6 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio durante el tiempo de la condena y el pago de las costas.
Una vez firme la sentencia dedúzcase testimonio al Juzgado Decano de Instrucción por si la declaración del testigo Romeo fuera constitutivo de ilícito penal".
Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por el Procurador D. Carlos Cabrero del Nero
en nombre y representación procesal de Luis Alberto .
Se dio traslado a las demás partes personadas, a fin de que pudieran formular sus alegaciones. Remitidas las actuaciones a este Tribunal, no se estimó precisa la celebración de vista, quedando pendiente el procedimiento de resolución en esta segunda instancia.
HECHOS PROBADOS
UNICO.- No se aceptan los fijados como tales en la sentencia recurrida, que se sustituyen por los siguientes:
En hora no determinada de la mañana del día 13.7.2002 Luis Alberto , mayor de edad y sin antecedentes penales computables, estacionó su vehículo Citroen Berlingo Y-....-YD en la c/ Sierra del Torcal de Madrid, maniobra durante la cual golpeó al vehículo Citroen Xantia Y-....-YH que sufrió daños por los que su propietario ya ha sido indemnizado.
Cuando los vecinos avisaron al propietario del segundo vehículo se produjo una alteración del orden...
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