SAP Madrid, 18 de Octubre de 2000

PonenteJUAN UCEDA OJEDA
ECLIES:APM:2000:14132
Número de Recurso1124/1998
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

SENTENCIA

En Madrid, a dieciocho de Octubre de dos mil.

La Sección Décimo Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre Reclamación de Cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 59 de Madrid, seguidos entre partes, de una como apelante Don Luis Carlos representado por el Procurador Don Alberto Pérez Ambite y defendido por el Letrado Doña Alicia Sanz Hernández y de otra como apelado Don Gustavo y Doña Erica , representado por el Procurador Doña Concepción Donday Cuevas y defendido por el Letrado Don Francisco Castillo Olivares, seguidos por el trámite de juicio de Menor Cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan Uceda Ojeda

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 59 de Madrid, en fecha 16 de junio de 1.998, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando como desestimo la demanda interpuesta por Don Luis Carlos contra Doña Erica y Gustavo , debo absolver y absuelvo a estos de las pretensiones deducidas en la demanda, con condena en costas a la actora."

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, que fué admitido en ambos efectos y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron las partes, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

La vista pública celebrada el día 11 de octubre de 2000, tuvo lugar con la asistencia e informe de los Letrados de las partes.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento, han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los razonamientos jurídicos de la sentencia apelada, sin perjuicio de las puntualizaciones que hagamos sobre el número al tratar sobre la materia allí analizada.

PRIMERO

El presente procedimiento tiene por objeto la reclamación de honorarios profesionales efectuada por el letrado Sr. Luis Carlos , donde la sentencia de instancia absolvió a los demandados al entender que no había prueba alguna que pudiera vincularlos con el trabajo realizado por el letrado, en cuanto éste prestó sus servicios a los hijos de aquellos y no directamente a los demandados.

SEGUNDO

La parte apelante, el letrado Don Luis Carlos , sostiene que debe revocarse la sentencia de instancia dado que no se ha tenido en cuenta que los hijos de los demandados se encontraban enprisión cuando se contrataron sus servicios, que en nuestro derecho el contrato verbal es perfectamente válido y eficaz, ni que es habitual en la relaciones jurídicas que se producen entre el letrado y sus clientes que no exista documento alguno escrito al respecto.

TERCERO

La validez del contrato verbal no la vamos a poner en duda, en cuanto el C. C., siguiendo los principios espiritualistas del derecho histórico, que ya aparecen en el Ordenamiento de Alcalá, admite, como regla general la validez de tales contratos, principio que se plasma con total claridad en los artículos 1278 y...

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