SAP Huesca 297/2002, 24 de Diciembre de 2002
Jurisdicción | España |
Emisor | Audiencia Provincial de Huesca, seccion 1 (civil y penal) |
Fecha | 24 Diciembre 2002 |
Número de resolución | 297/2002 |
Sentencia Apelación Civil Número 297
PRESIDENTE*
D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA
MAGISTRADOS*
D. ANTONIO ANGÓS ULLATE
D. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO
*
En Huesca, a veinticuatro de diciembre del año dos mil dos.
En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio Ordinario seguidos bajo el número 368/2001 ante el Juzgado de Primera Instancia Nº Dos de Huesca, que fueron promovidos por Juana , quien actuó como demandante dirigida por el Letrado don Ramón Torrente Ríos y representada por el Procurador don Javier Muzás Rota, contra la Compañía Ocaso S.A., quien intervino como demandada defendido por el Letrado don Ignacio Ortega Maynar y representada por la Procuradora doña Esther del Amo Lacambra. Se hallan dichos autos pendientes ante este Tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 164 del año 2002 e interpuesto por la demandante Juana . Actúa como Ponente de esta Sentencia el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO , quien expresa el parecer de la Sala sobre el pronunciamiento que merece el presente recurso.
Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la Sentencia impugnada.
El indicado Juzgado de Primera Instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó con fecha uno de marzo de dos mil dos la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO = Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador don Javier Muzás Rota, en nombre y representación de Dª. Juana , debo absolver y absuelvo a la Compañía Ocaso S.A. de las pretensiones contra ella deducidas, con imposición de las costas causadas a la parte actora".
Contra la anterior Sentencia, la demandante Juana dedujo recurso de apelación. El Juzgado lo tuvo por preparado y emplazó a la apelante por veinte días para que lo interpusiera, lo cual efectuó dicha parte en plazo y forma presentando el correspondiente escrito en el que solicitó la condena de la demandada al pago de la cantidad de 15.395,86 euros más intereses y costas. A continuación, el Juzgado dio traslado a la demandada Ocaso S.A. para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serle desfavorable, en cuyo trámite la expresada parte formuló en tiempo y forma escrito de oposición por el que interesó la confirmación de laSentencia recurrida.
Seguidamente, el Juzgado remitió los autos a este Tribunal, en donde quedaron registrados al número 164/2002. No habiéndose propuesto prueba ni solicitado vista por ninguna de las partes, la Sala acordó en su día que el recurso quedara pendiente de deliberación, votación y fallo. En la tramitación de esta segunda instancia no ha sido posible observar los plazos procesales, debido a la atención prestada a los otros asuntos pendientes ante este Tribunal.
Mediante el primer motivo de su recurso, la parte apelante impugna la Sentencia de instancia al entender que, a diferencia de lo que se afirma en dicha resolución, no puede hablarse de culpa exclusiva de la víctima. Muestra dicha parte, por el contrario, su conformidad con el criterio de la juzgadora "a quo" cuando considera que el animal causante de la mordedura que ha dado lugar a este litigio no era otro que el perro perteneciente a Ramón y asegurado por la Compañía demandada. Dicha conclusión sigue siendo cuestionada por la mencionada Aseguradora en su escrito de impugnación del recurso,...
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