SAP Madrid, 24 de Mayo de 2002

PonenteJOSE LUIS ZARCO OLIVO
ECLIES:APM:2002:6640
Número de Recurso648/2000
Fecha de Resolución24 de Mayo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

SENTENCIA

En Madrid, a veinticuatro de Mayo de dos mil dos.

La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alcobendas, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelada HERRAIZ Y ZULUETA, S.L., representada por el Procurador Sr. Alfaro Matos y asistida del Letrado Sr. Campuzano Robledo, de otra, como demandada-apelante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 Nº NUM000 DE ALCOBENDAS, representada por el Procurador Sr. De Antonio Viscor y asistido del Letrado Sr. Palacios Vallespin, así como los demandados-apelados, en estrados en esta apelación, D. Jose Ignacio y COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION001 Nº NUM001 - NUM002 DE ALCOBENDAS, seguidos por el trámite de Menor cuantía.

VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. José Luis Zarco Olivo

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alcobendas, en fecha 1 de marzo de 2000, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Gonzalez de Propios en nombre y representación de la Sociedad "Herraiz y Zulueta S.L.", en relación con la Comunidad de Propietarios de la c/ DIRECCION000 num. NUM000 representada por el Procurador Sr. .Pomares, y con la Comunidad de Propietarios de la c/ DIRECCION001 num. NUM001 - NUM002 , declarada en rebeldia, debo condenarlas a que abonen a la actora la suma de

1.344.000.-ptsmás los intereses legales; con expresa imposición de las costas de este procedimiento. Que asimismo, debo desestimar la demanda respecto al demandado D. Jose Ignacio , declarado en rebeldia, absolviendole de todos los pedimentos de la misma".

SEGUNDO

Notificada la mencionada sentencia, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandante, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION000 Nº NUM000 DE ALCOBENDAS, que fue admitido en ambos efectos, y en su virtud, previos los oportunos emplazamientos, se remitieron las actuaciones a esta Sección, ante la que comparecieron expresadas partes, sin haberlo verificado la parte demandada, D. Jose Ignacio y COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ DIRECCION001 , NUM001 - NUM002 DE ALCOBENDAS, substanciándose el recurso por sus trámites legales, no habiéndose acordado el recibimiento del pleito a prueba en esta alzada.

TERCERO

La VISTA PUBLICA celebrada el día 22 de mayo de 2002, tuvo lugar con la asistencia de los letrados de las partes expresadas que informaron cuanto creyeron conveniente en apoyo de sus respectivas pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten los contenidos en la resolución impugnada en cuanto no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR