SAP Málaga 572/2004, 12 de Julio de 2004

PonenteJoaquín Ignacio Delgado Baena
ECLIES:APMA:2004:3383
Número de Recurso12/07/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución572/2004
Fecha de Resolución12 de Julio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

D. MANUEL TORRES VELAD. Joaquín Ignacio Delgado BaenaD. MELCHOR HERNANDEZ CALVO

S E N T E N C I A Nº 572

AUDIENCIA PROVINCIAL MALAGA

Sección 4ª

PRESIDENTE ILMO. SR.

D.MANUEL TORRES VELA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D.JOAQUIN DELGADO BAENA

D.MELCHOR HERNANDEZ CALVO

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZG. Nº 6 DE MARBELLA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 985/2003

JUICIO Nº 345/2002

En la Ciudad de Málaga a doce de julio de dos mil cuatro.

Visto, por la Sección 4ª de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso PREVISION ESPAÑOLA SA DE SEGUROS Y REASEGUROS que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. VILLEGAS PEÑA, EUSEBIO y defendido por el Letrado D. CARRASCO ESPEJO, MANUEL. Es parte recurrida Lidia y HOTELES DE MARBELLA S.A. que está representado por el Procurador D. MIGUEL SANCHEZ, Mª DEL CARMEN y PEDRO GARRIDO MOYA y defendido por el Letrado D. MIGUEL SANCHEZ, RAFAEL y GARCIA MARIN, CARLOS, que en la instancia ha litigado como parte demandante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 27/05/03, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando en parte la demanda formulada por doña Lidia contra la entidad Hoteles de Marbella SA, y contra la entidad Previsión Española SA, de seguros y reaseguros, condenando a ambas, conjunta y solidariamente, como responsables civiles directos, a pagar a la actora la cantidad de 32.475,44 euros, sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales causadas.

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 29/06/04quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOAQUIN DELGADO BAENA quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de la entidad Previsión Española S.A. de Seguros y Reaseguros, que comparece en calidad de apelante, se alega que no ha existido responsabilidad por negligencia del Hotel Las Chapas, al encontrarse todos los cuartos de baño en correcto estado de uso y conservación, sin que puedan causar daño alguno a los huéspedes que lo usan. En segundo lugar inexistencia de responsabilidad por la teoría del riesgo, al tener intervención activa la perjudicada en los hechos y en todo caso ser fortuito. En tercer lugar, muestra su disconformidad con la cuantía dada por las lesiones. Considerando por último que, para el caso que exista responsabilidad, se aplique la concurrencia de culpas.

Por la representación procesal de Lidia , se presentó escrito de oposición al recurso planteado, impugnando todas y cada una de las alegaciones realizadas de contrario, solicitando la confirmación de la resolución recurrida por entender que la misma es ajustada a derecho.

SEGUNDO

Una vez examinadas las alegaciones del recurrente hay que partir de la base que aparece como reconocido el hecho de que la parte actora estaba hospedada en el hotel y que se...

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