SAP Málaga 499/2001, 21 de Junio de 2001

PonenteFELIX LOPEZ CRUZ
ECLIES:APMA:2001:2632
Número de Recurso188/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución499/2001
Fecha de Resolución21 de Junio de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

D. Francisco Javier Arroyo FiestasD. Melchor Hernandez CalvoD. Felix López Cruz

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA. SECCION CUARTA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 8 DE MALAGA

JUICIO DE COGNICION NUMERO 544 DE 1998

ROLLO DE APELACION NUMERO 188 DE 2001

SENTENCIA NUMERO 499

Iltmos Sres

Presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

Magistrados

D. Melchor Hernandez Calvo

D. Felix López Cruz

En la ciudad de Málaga a 21 de Junio de 2001.

Vistos en grado de apelación por la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio de cognición n°544-98 procedentes del Juzgado de Primera Instancia numero 8 de Málaga sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancia de Don Jose Daniel , representado por la Procuradora Doña Elena Aurioles Rodriguez y defendido por el Letrado Don Francisco Sanchez Raya, contra Don Silvio , declarado en rebeldia, Dª. Rosa , representada por el Procurador Don Salvador Bermudez Sepulveda y defendida por el Letrado Don Jose Ramon Cortazar Diaz, contra D. Simón , que actua por si mismo defendido por el Letrado D. Jose María Arias Jurado, y contra Plus Ultra Compañía Anonima de Seguros Generales, representada por el Procurador D. Jose Manuel Gonzalez Gonzalez y defendida por el Letrado D. Ramon Soria Párraga, pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Simón contra la sentencia dictada en el citado juicio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia numero 8 de Málaga dictó sentencia de fecha 8 de Junio de 2000, en el juicio de cognición del que este rollo dimana, que estimando parcialmente la demanda, condenaba a D. Simón a indemnizar a D. Jose Daniel el importe de los daños causados en una de las columnas de ladrillo de entrada al garaje y en la valla de la vivienda de su propiedad sita en la Avenida de DIRECCION000 , esquina DIRECCION001 n° NUM000 , de La Cala del Moral, en los terminos indicados en el fundamento de derecho tercero, más el interes legal del dinero incrementado en dos puntos de la cantidad desde que se determine, sin expresa imposición de las costas, y absolvia a los demandados Dª. Rosa , D. Silvio y Plus Ultra S.A. de Seguros sin expresa imposición de las costas.

SEGUNDO

Contra la citada sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación D. Simón , el cual fue admitido a trámite, y dado traslado del escrito de interposición del recurso a las demás partes para que en el plazo de cinco días presentaran escrito de impugnación o adhesión al mismo, la Procuradora de D. Jose Daniel se adhirió al recurso, y el Procurador de Dª. Rosa impugnó el recurso. Remitidos los autos a esta Audiencia, se señaló para deliberar el día 28 del pasado mes de Mayo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Felix López Cruz.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El apelante D. Simón , propietario del autobus marca Pegaso, matricula GE-....-G , solicita que se revoque la sentencia, se le absuelva de la demanda, y se condene al único responsable de los hechos, el niño Mauricio , fundándose sustancialmente en los motivos siguientes: Se le imputa responsabilidad...

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