SAP Lleida 192/2001, 24 de Abril de 2001

PonenteJOAQUIN ARMANDO BERNAT MONJE
ECLIES:APL:2001:333
Número de Recurso528/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución192/2001
Fecha de Resolución24 de Abril de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Lleida, Sección 2ª

SENTENCIA NÚM. 192/2001

ILMOS. SEÑORES

Presidente

D.ALBERT GUILANYA FOIX

Magistrados

D. ALBERT MONTELL GARCIA

D. JOAQUIN BERNAT MONJE

Lleida, veinticuatro de abril de dos mil uno

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, integrada por los señores indicados al

margen, ha visto el presente recurso de apelación contra sentencia de 2 de octubre de 2.000,

dictada en autos de Juicio de Cognición núm. 169/99, seguidos ante el Juzgado de Primera

Instancia e Instrucción de la Seu D'Urgell , rollo de apelación civil núm. 528/00. Es apelante, la

actora Dña. Carina con domicilio en Barcelona ,representada por la

Procuradora Dña. Paulina Roure Valles y asistida por el letrado D. Joaquín Brouhon Gallifa. Es

parte apelada la demandada, Dña. Patricia ,con domicilio en Bellver de Cerdanya,

representada por el Procurador D. César Minguella Piñol y defendida por la letrado Dña. Anna

Cerdà Gasch . Es Ponente en esta resolución, el Ilmo. Sr. D. JOAQUIN BERNAT MONJE,

Magistrado Suplente de la Audiencia Provincial, quien expresa el parecer de la Sala.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

En el procedimiento de referencia, el día dos de octubre de 2.000, recayó Sentencia cuyo fallo es del tenor al siguiente: " FALLO.- QUE DESESTIMANDO la demanda interpuesta por el Procurador Don GABRIEL TORRAS BAGÁN, en nombre y representación de Doña Carina , contra Doña Patricia , DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a la expresada demandada de los pedimentos formulados contra ella, con expresa imposición a la parte actora de las costas causadas."

TERCERO

Contra dicha resolución, el Procurador D.Gabriel Torras Bagán, en nombre de la actora , interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, mediante escrito debidamente motivado.

CUARTO

Admitida la apelación, se dio traslado a la parte demandada , que presentó escrito de impugnación del recurso, interesando su desestimación.

QUINTO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales esenciales del procedimiento.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En su escrito de interposición del recurso, con sus pertinentes alegaciones, la parte actora insiste en idénticos o similares argumentos a los aducidos en primera instancia, sin que aporte prueba alguna que pueda desvirtuar la correcta decisión del juzgador "a quo". En consecuencia a lo anterior, conviene examinar de forma detenida y minuciosa, tanto la argumentación básica contenida en dicha impugnación, como en la debida contestación que realiza la parte apelada. A folios 254 y siguientes, verificamos los puntos de vista de la parte actora- apelante, que pueden resumirse - en esencia - en lo que sigue a continuación: a) la recurrente aduce falta de conservación por parte de la arrendataria, con respecto a la vivienda objeto del presente debate, sita en la localidad de Bellver de Cerdanya, plaza DIRECCION000 número NUM000 y que afecta a diversos elementos de la misma ( carpintería, alicatados, suelo y papel pintado y pintura de las paredes ) , cuya reparación o renovación supondría un coste superior a los dos millones de pesetas, deterioro que imputa a la parte demandada que no ha efectuado el oportuno mantenimiento, añadiendo diversos defectos achacables - según su criterio subjetivo a la conducta de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR