SAP Murcia 252/2003, 2 de Septiembre de 2003

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Murcia, seccion 5 (civil y penal)
Fecha02 Septiembre 2003
Número de resolución252/2003

SENTENCIA NUM. 252

Iltmos. Sres.

D. José Manuel Nicolás Manzanares

Presidente

D. Matías M. Soria Fernández Mayoralas.

D. José Joaquín Hervás Ortiz

Magistrados

En la ciudad de Cartagena, a dos de Septiembre de dos mil tres

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario número 185/2002 -Rollo 272/2003-, que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia Número Siete de Cartagena, entre las partes: como actora Doña Lina , representada por la Procuradora Doña María del Mar Posadas Molina y dirigida por la Letrada Doña María Aranzazu Martínez-Pastor Sánchez, y como demandados Don Valentín y Don Cristobal , representados por el Procurador Don Alejandro Valera Cobacho y dirigido por la Letrada Doña Fuensanta Valero Cobacho. En esta alzada actúa como apelante la actora y como apelados los demandados, ambas partes con la misma representación y defensa que tenían en la instancia. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don José Manuel Nicolás Manzanares, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Número Siete de Cartagena en los referidos autos, tramitados con el número 185/2002, se dictó sentencia con fecha 11 de noviembre de 2002, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Desestimando íntegramente la demanda presentada por doña Lina contra don Valentín y don Cristobal y absolviendo a los demandados de todas las pretensiones formuladas contra ellos, sin hacer especial pronunciamiento en materia de costas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se preparó recurso de apelación por la parte actora que, unavez admitido a trámite, interpuso en tiempo y forma, exponiendo por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento. Del escrito de interposición del recurso se dio traslado a la parte demandada, emplazándola por diez días para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resultara desfavorable, dentro de cuyo término, presentó escrito de oposición al recurso, solicitando la confirmación de la sentencia dictada en primera instancia, con expresa condena en costas a la contraparte. Seguidamente se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente rollo de apelación, con el número 272/2003, que ha quedado para sentencia sin celebración de vista, tras señalarse para el día de la fecha su votación y fallo.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Ejercitada por la actora, Doña Lina , la acción de retracto del artículo 47 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 dada su condición de inquilina del piso NUM000 del inmueble señalado con el número de policía 20 de la CALLE000 de Cartagena como consecuencia de que el mismo fue objeto de la escritura pública de compraventa de fecha 20 de febrero de 1990 otorgada, de una parte, por Don Arturo , Doña Consuelo , Don Jose Ángel y Don Eusebio (Don Jose Ángel actuando por sí y en nombre y representación de Doña Leonor y Don Alexander ), y, de otra, por los...

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