SAP Barcelona 514/2004, 13 de Septiembre de 2004

PonenteAMPARO RIERA FIOL
ECLIES:APB:2004:10670
Número de Recurso516/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución514/2004
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

SENTENCIA N ú m. 514/2004

Ilmas. Sras.

Dª. AMPARO RIERA FIOL

Dª. MERCEDES HERNÁNDEZ RUIZ OLALDE

Dª. MIREIA RÍOS ENRICH

En la ciudad de Barcelona, a trece de septiembre de dos mil cuatro.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 477/00, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Gavà , a instancia de la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE PINE BEACH, representada por el Procurador Don Eugeni Teixidó Gou, contra Doña Cecilia , representada por el Procurador Don Alfredo Martínez Sánchez; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 12 de septiembre de 2001 , por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Euxeni Teixido Gou, en nombre y representación de Asociación de Propietarios de Pine Beach, contra Dña. Cecilia , debo condenar y condeno a los demandados a abonar solidariamente a la Asociación de Propietarios de Pine Beach la cantidad de trescientas mil quinientas sesenta y seis pesetas (300.566 ptas.), más los intereses legales y las cuotas que se vayan generando por el mismo concepto hasta ejecución de sentencia, todo ello con la expresa condena en costas de la parte demandada."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día4 de marzo de 2004.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, excepto el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. AMPARO RIERA FIOL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Juez de la primera instancia estima íntegramente las pretensiones ejercitadas en la demanda, al entender que, si bien la situación litigiosa no puede incardinarse de forma diáfana en la Ley de Propiedad Horizontal, su cercanía es evidente y de plena aplicación, al menos en lo que a sus principios generales se refiere, con imposición de costas a la parte demandada.

Esta última se alza frente a la sentencia dictada y en el recurso interpuesto reitera, en primer lugar, la excepción de litis pendencia, al estar en trámite un procedimiento anterior encaminado a que se declare que no forma parte de ningún complejo inmobiliario; en segundo lugar, la excepción dilatoria de falta de personalidad en el Procurador, dado que la denominación del poderdante no se corresponde con la de la actora, aunque sean parecidas; en tercer lugar, la infracción de los artículos 5. 3 y 24 de la LPH , e inadecuación de procedimiento, indicando que no tiene ningún vínculo con la propiedad, que no ha quedado acreditado que utilice los servicios o instalaciones de la actora y que no forma parte de un complejo inmobiliario; en cuarto lugar, manifiesta que la condición de propietario no conlleva la obligación de pago de cuotas a la actora, lo cual debería constar en el Registro; y, en quinto lugar, invoca la vulneración de derechos fundamentales de los artículos 22 y 24 de la Constitución .

La parte actora se opone a los argumentos expuestos en el recurso y solicita la íntegra confirmación de la sentencia impugnada.

SEGUNDO

La parte apelante reproduce en el recurso todas las cuestiones planteadas en la primera instancia y resueltas con acierto por el Juzgador, cuyo criterio comparte la Sala, debiendo destacarse de entrada que, como bien se...

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