SAP Navarra 233/2001, 14 de Septiembre de 2001

PonenteAURELIO VILA DUPLA
ECLIES:APNA:2001:963
Número de Recurso148/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución233/2001
Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 3ª

D. JUAN JOSÉ GARCÍA PÉREZD. AURELIO VILA DUPLÁD. JUAN MANUEL FERNÁNDEZ MARTÍNEZ

S E N T E N C I A Nº 233/2001

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JUAN JOSÉ GARCÍA PÉREZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. AURELIO VILA DUPLÁ

D. JUAN MANUEL FERNÁNDEZ MARTÍNEZ

En la Ciudad de Pamplona, a catorce de septiembre del año dos mil uno.

Vistos por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, consti-tuida por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, en grado de Apelación, el Rollo Civil de Sala nº 148/2001, derivado del Juicio de Cognición nº 465/2000 del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Pamplona, siendo parte apelante, la demandante Sociedad General de Autores y Editores, representada por la Procuradora Dª Myrian Grávcalos Soria y asistida por el Letrado D.Ignacio Montes; y apelada, el demandado D. Juan Ignacio , representado por el Procuradora D. Jesús De Lama Aguirre y defendido por el Letrado D. Jesus Mª Erro.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. AURELIO VILA DUPLÁ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se admiten los de la sentencia de instancia.

SEGUNDO

Con fecha 29 de marzo de 2.001, el referido Juzgado en el citado juicio, dictó sentencia, cuya parte dispositiva literalmente dice:

"Que estimando parcialmente la demanda debo condenar y condeno a Don Juan Ignacio a que abone a la SGAE 46.500 pts mas intereses legales desde la presente resolución.Todo ello sin hacer expresa condena en costas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de cinco días a contar desde su notificación .

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio ra su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.".

TERCERO

Contra la indicada sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de la parte actora, solicitando en su escrito de interposición la revocación de la sentencia de instancia, para interesar que en su lugar se dictara otra resolución por la que se estimen los pedimentos de su recurso.

CUARTO

Admitida dicha apelación, en ambos efectos, emplazadas las partes ante la Audiencia Provincial, remitidos los autos, previo reparto correspondió a la Sección Tercera en donde se formó el citado rollo, quedando los autos pendientes por su orden para deliberación y fallo.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las pres-cripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La presente apelación deriva de la demanda interpuesta por la Sociedad General de Autores y Editores (en adelante SGAE) contra D. Juan Ignacio , titular del establecimiento público denominado " DIRECCION000 ", en solicitud de condena del mismo a pagar:

  1. La cantidad de 175.909 pesetas por recibos debidos correspondientes al período comprendido entre los meses de enero de 1998 y febrero de 2.000, girados por el uso en dicho establecimiento del repertorio de obras musicales administrado por la actora, conforme a lo pactado en el contrato "para amenizaciones" suscrito por las partes el día 23 de enero de 1988.

  2. La cantidad de 83.636 pesetas en concepto de indemnización de daños y perjuicios por seguir utilizando el demandado dicho repertorio de obras musicales, a pesar de haber sido resuelto el contrato por la SGAE en el mes de febrero de 2.000.

Se opuso el demandado alegando, en síntesis, que la SGAE había incumplido la estipulación 3ª del contrato al no llevar a cabo ninguna notificación de las revisiones de las tarifas, por lo que sólo tenía derecho a reclamar la tarifa pactada...

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