SAP Madrid 233/2006, 23 de Marzo de 2006
Ponente | MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZ |
ECLI | ES:APM:2006:5036 |
Número de Recurso | 821/2005 |
Número de Resolución | 233/2006 |
Fecha de Resolución | 23 de Marzo de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª |
MARIA GUADALUPE JESUS SANCHEZLORENZO PEREZ SAN FRANCISCOJESUS CELESTINO RUEDA LOPEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18
MADRID
SENTENCIA: 00233/2006
Rollo: RECURSO DE APELACION 821 /2005
Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 908 /2003
Órgano Procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 34 de MADRID
PONENTE:SRA. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
APELANTE: Jesús Manuel
PROCURADOR: LUIS DELGADO DE TENA
APELADO: Jose Daniel
PROCURADOR: ANTONIO RODRÍGUEZ MUÑOZ
En MADRID , a veintitrés de marzo de dos mil seis
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ
ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO
ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamacion de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 34 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante-demandado D. Jesús Manuel, representado por el Sr. Delgado de Tena, y de otra, como apelado-demandante D. Jose Daniel, representado por el Sr. Rodríguez Muñoz, seguidos por el trámite del Juicio Ordinario.
Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sra. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 34 de Madrid, en fecha 26 de Mayo de 2005, se dictó sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando la demanda formulada por el procurador don ANTONIO RAFAEL RODRIGUEZ MUÑOZ en representación de DON Jose Daniel contra don Jesús Manuel a quien condeno a pagar al actor la cantidad de 8.443,56 euros mas intereses legales desde la fecha de su emplazamiento, asi como al pago de las costas causadas en este proceso".
Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000 , se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 14 de Marzo de 2006.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la resolución objeto de recurso.
Alega la parte apelante como motivos en los que funda su recurso, que el Juzgador de instancia ha incurrido en error en la valoración de la prueba, en tanto, considera probado que la cantidad reclamada de contrario es superior al 50 % a la reclamada por BANCAJA. Además el...
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