SAP Cantabria 122/2005, 8 de Marzo de 2005

PonenteBRUNO ARIAS BERRIOATEGORTUA
ECLIES:APS:2005:487
Número de Recurso184/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución122/2005
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª

SENTENCIA NÚM. 122/05

Iltmo. Sr. Presidente:

Don Miguel Carlos Fernández Díez

Iltmos. Sres. Magistrados:

Don Bruno Arias Berrioategortua

Doña Milagros Martínez Rionda

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En la Ciudad de Santander a ocho de marzo de dos mil cinco.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de Juicio Ordinario número 391 de 2003, Rollo de Sala número 184 de 2003, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Reinosa , seguidos a instancia de la entidad mercantil LABEN 2000 S.L, contra D. Ildefonso .

En esta segunda instancia ha sido parte apelante LABEN 2000 S.L. representada por el Procurador Sr. González Castrillo y asistida por el Letrado Sr. Alonso González y parte apelada D. Ildefonso , representado por la Procuradora Blanco Zubizarreta y asistido por el Letrado Sr. Sr. Díaz de Entresotos.

Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado Don Bruno Arias Berrioategortua.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia de Reinosa y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha 10 de febrero de 2004 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Se estima parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. González Castrillo en nombre y representación de LABEN 2000 S.L, y en consecuencia se declara resueltoel contrato privado para la explotación de máquinas recreativas en el establecimiento "Manias" sito en local nº 23-34 B Centro Comercial Altamira de Torrelavega, suscrito en fecha 10.11.02 entre las partes Augusto en nombre y representación de la sociedad Laben 2000 S.L. y Ildefonso , condenando a Ildefonso a indemnizar a Laben 2000 S.L. en la cantidad de 6.000 euros, sin hacer expreso pronunciamiento en cuanto a las costas procesales".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, la representación de la parte actora interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y tramitado el mismo, se remitieron las actuaciones a esta Sección Segunda de la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, donde tras el personamiento de las mismas, se señaló para deliberación y fallo del recurso el día 8 del presente mes, quedando pendiente de dictarse la resolución correspondiente.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, excepto el plazo para resolver el recurso, en razón a la existencia de otros asuntos civiles señalados...

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