SAP Barcelona, 13 de Septiembre de 2000

PonentePASCUAL MARTIN VILLA
ECLIES:APB:2000:10909
Número de Recurso719/1998
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 14ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

Dª. Mª EUGENIA ALEGRET BURGUÉS

D. PASCUAL MARTIN VILLA

Dª. MARTA FONT MARQUINA

En la ciudad de Barcelona, a trece de septiembre de dos mil.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimocuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Menor Cuantía, número 528/1997 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Barcelona , a instancia de CAIXA D´ESTALVIS DEL PENEDÉS representada: por el Procurador D. Alfredo Martínez Sánchez y dirigida por el Letrado D. Martí Soler Bordes, contra D. Mariano y Dª Alicia ; incompareciendo en esta alzada y representados en los Estrados del Tribunal los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 26 de febrero de 1998 , por el Sr. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de Hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda formulada por CAIXA D´ESTALVIS DEL PENEDÉS, contra D. Mariano y Dª Alicia , SE CONDENA A D. Mariano a pagar a la actora la suma de DIEZ MILLONES SETECIENTAS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTAS SESENTA PESETAS (10.789.760 Ptas.), con más los intereses que correspondan en función de la liquidación de cada una de las operaciones financieras referenciadas, según sus propios pactos, así como al pago de las costas causadas en el presente procedimiento".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento delas partes, y comparecidas las partes, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 14 de febrero de 2000, con el resultado que obra en la precedente diligencia.

TERCERO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. PASCUAL MARTIN VILLA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida en la medida que no vengan contradichos por los que a continuación se expresan con ese mismo carácter. En virtud del principio "tantum devolutum quantum apellatum" hay que precisar que el examen del presente recurso versará exclusivamente sobre la virtualidad de la acción subrogatoria que el recurrente ejercita "ex" artículo 1.111 del Código Civil , sobre el...

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