SAP Alicante 386/2002, 12 de Junio de 2002
Ponente | MARIA VISITACION PEREZ SERRA |
ECLI | ES:APA:2002:2671 |
Número de Recurso | 560/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 386/2002 |
Fecha de Resolución | 12 de Junio de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª |
SENTENCIA NÚM. 386
Iltmos. Sres.:
Presidente: D. Andrés Sánchez Medina y Medina
Magistrado: Dª. Visitación Pérez Serra
Magistrado: Dª. Mª Esperanza Pérez Espino
En la ciudad de Alicante, a doce de Junio de dos mil dos.
La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres expresados al margen, ha visto los autos de juicio de Cognición seguidos en el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de San Vicente del Raspeig, de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandante la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DIRECCION000 , habiendo intervenido en la alzada dicha parte, en su condición de recurrente, representada por el Procurador Sr. Navarrete Ruiz, y dirigida por el Letrado D. Eduardo Gómez Cañizares, y como apelada D. Silvio Y Dª. Silvia , representada por la Procuradora Sra. Peidró Domenech, con la dirección del Letrado D. Rafael Iváñez Poveda.
Por el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de San Vicente del Raspeig en los referidos autos, tramitados con el núm. 82/00, se dictó sentencia con fecha 23 de Marzo de 2001, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "QUE DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO TOTALMENTE la demanda interpuesta por D. Cornelio en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios JARDINES DEL MAR y en consecuencia absolver a D. Silvio Y Dª. Silvia de todos los pedimentos de la demanda, con expresa imposición de costas a la actora".
Contra dicha resolución, se preparó recurso de apelación por la parte demandante en tiempo y forma, formalizándose en el plazo previsto. Fue admitido en ambos efectos, dándose traslado a la parte contraria que se opuso al mismo, elevándose los autos a este Tribunal, donde quedó formando el Rollo núm. 560-A/01, en el que se señaló para la deliberación y votación el día 11 de Junio de 2002, en el que tuvo lugar al no haber sido solicitada por ninguna de las partes celebración de vista y no considerándose necesaria la misma por este Tribunal.
En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.
VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Visitación Pérez Serra.
La sentencia apelada desestimó la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios en la que, al amparo de lo dispuesto en los artículos 7.1, 9.1, A) y 12 de la Ley de Propiedad Horizontal, solicitaba que la declaración de ilegalidad de las obras acometidas por los demandados, y laconsiguiente condena a reponer la terraza a su primitivo estado. La Juzgadora a quo argumentó que existían otras obras en el edificio, en concreto acristalamientos de terrazas, y en relación a la elevación de altura de las chimeneas, si bien debieron los demandados solicitar a la Comunidad que corrigiera las molestias que producían, no consideró procedente la condena instada.
Las pruebas practicadas permiten constatar el alcance de las obras llevadas a cabo en la terraza que es al tiempo cubierta del inmueble, según se aprecia en las fotografías que se aportaron con la demanda, han consistido en...
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