SAP Madrid 258/2007, 11 de Abril de 2007

PonenteLORENZO PEREZ SAN FRANCISCO
ECLIES:APM:2007:5794
Número de Recurso204/2007
Número de Resolución258/2007
Fecha de Resolución11 de Abril de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 18ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18

MADRID

SENTENCIA: 00258/2007

Rollo: RECURSO DE APELACION 204 /2007

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 153 /2005

Órgano Procedencia: JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N. 5 de COSLADA

PONENTE: ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO

APELANTE: C.P. C/ DIRECCION000, NO. NUM000 DE COSLADA

PROCURADOR: SIN PROFESIONAL ASIGNADO

APELADO: Rubén, Asunción

PROCURADOR: VICTORIA PEREZ-MULET DIEZ-PICAZO

En MADRID, a once de abril de dos mil siete.

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

ILMA. SRA. Dª. GUADALUPE DE JESÚS SÁNCHEZ

ILMO. SR. D. LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO

ILMO. SR. D. JESÚS RUEDA LÓPEZ

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre impugnación de acuerdos comunitarios, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Coslada, seguidos entre partes, de una, como apelante demandada imcomparecida COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 Nº NUM000 DE COSLADA y de otra, como apelados demandantes impugnantes DON Rubén y DOÑA Asunción representados por la Procuradora Sra. Pérez-Mulet y Díez-Picazo, seguidos por el trámite de juicio ordinario.

Visto, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON LORENZO PÉREZ SAN FRANCISCO.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Coslada, en fecha 24 de junio de 2006, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, DESESTIMANDO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Don Rafael González López, en nombre y representación de DON Rubén, contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 Nº NUM000, de Coslada, declaro válido el acuerdo adoptado en Junta de Propietarios en fecha 29 de noviembre de 2004, que acordó declarar la derrama impugnada por el actor como vencida y exigible, autorizando al Presidente de la Comunidad a entablar las acciones legales pertinentes.

Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 Nº NUM000 de Coslada contra DON Rubén, y su esposa DOÑA Asunción, condeno solidariamente a los segundos a abonar a la primera la cantidad de 3.033,39 EUROS, en concepto de derrama por obras necesarias de conservación y mantenimiento del inmueble, más los intereses legales de dicha cantidad, eximiéndoles del resto de pedimentos efectuados en su contra.

Todo ello, sin hacer imposición de costas a ninguna de las partes".

SEGUNDO

Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 1/2000, se remitieron los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 10 de abril de 2007.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la Comunidad de Propietarios de la C/...

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