SAP Madrid 650/2004, 25 de Octubre de 2004
Ponente | MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO |
ECLI | ES:APM:2004:13520 |
Número de Recurso | 424/2004 |
Número de Resolución | 650/2004 |
Fecha de Resolución | 25 de Octubre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª |
D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZOD. NICOLAS PEDRO MANUEL DIAZ MENDEZD. RAMON RUIZ JIMENEZ
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19
MADRID
SENTENCIA: 00650/2004
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 19ª
ROLLO: RECURSO DE APELACION 424 /2004
Procedimiento: ORDINARIO 456/03
Juzgado de 1ª Instancia nº 59 DE MADRID
Apelante/s: CAJA MADRID
Procurador: LUCILA TORRES RIUS
Apelado/s: Raquel
Procurador: MARIA ASUNCIÓN SANCHEZ GONZALEZ
SENTENCIA Nº 650
PONENTE: ILMO. SR. D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. NICOLAS DIAZ MENDEZ
D. RAMON RUIZ JIMENEZ
D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO
En MADRID a, veinticinco de octubre de dos mil cuatro .
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 19 de la Audiencia Provincial de MADRID , los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 456 /2003 , procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 59 de MADRID , a los que ha correspondido el Rollo 424 /2004 , en los que aparece como parte apelante la entidad CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE MADRID representada por la Procuradora Dª LUCILA TORRES RIUS, y como apelada Dª. Raquel representada por la Procuradora Dª MARIA ASUNCION SANCHEZ GONZALEZ.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 59 de Madrid se dictó sentencia de fecha 5 de marzo de 2004 cuyo FALLO es del tenor literal siguiente: "Que con estimación de la demanda formulada por la Procuradora Dª María Asunción Sánchez González, en nombre y representación de Dª Raquel, contra Caja Madrid, representada por la Procuradora Dª Lucila Torres Rius debo condenar y condeno a la demandada a pagar a la demandante la cantidad de 18.644,30 euros, más intereses legales de dicha cantidad. Con imposición de costas a la parte demandada".
Notificada que fue la anterior resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por Caja Madrid, que fue admitido a trámite en ambos efectos, con traslado a la adversa que formuló oposición al mismo, remitiéndose las actuaciones a este Tribunal.
Una vez recibidos los autos en esta Sala, se procedió a la formación del correspondiente rollo de Sala, designación de Magistrado Ponente y señalamiento de día para la deliberación y votación, la cual tuvo lugar el diecinueve de los corrientes.
En la tramitación de esta alzada se han observado las prescripciones legales.
La parte apelante recurre la sentencia dictada en la instancia en función de varias consideraciones; en primer lugar se refiere a la existencia de un contrato sobre administración y gestión de valores que justificaría la actuación de la entidad demandada en la operación que da lugar a la reclamación formulada de adverso, y determinaría además la aceptación por la...
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