SAP Córdoba 416/2000, 11 de Diciembre de 2000

PonenteJOSE MARIA MAGAÑA CALLE
ECLIES:APCO:2000:1721
Número de Recurso100/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución416/2000
Fecha de Resolución11 de Diciembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 1ª

SENTENCIA N° 416

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA

SECCIÓN 1ª

PRESIDENTE ILMO. SR.

DON ANTONIO FERNÁNDEZ CARRION

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES

DON JOSÉ MARIA MAGAÑA CALLE

DON PEDRO ROQUE VILLAMOR MONTRO

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: Posadas Uno

ROLLO DE APELACIÓN N°100/00

JUICIO N° 259/00 Verbal Asunto 2136/00

En la Ciudad de Córdoba a 11 de diciembre de dos mil.

Visto, por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba, el Juicio Verbal indicado, procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado a instancia de, D. Benito representado por el Procurador Sr. Morales Pérez y asistido del Letrado D. Moreno Rincón contra Roberto y la Cía de Seguros La Union Alcoyana S.A de Seguros representado por la Procuradora Sr Almenara Ángulo y asistidos del Letrado Sr Carbonell Porras y en esta alzada como parte apelante D. Benito asistido por el Letrado Sr. Moreno Rincón y como parte apelada D. Roberto y la UNION ALCOYANA SEGUROS Y REASEGUROS representados por la Procuradora Sra. Peralbo, siendo Ponente del recurso el Istmo Sr. Magistrado D. JOSÉ MARIA MAGAÑA CALLE.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los Hechos Probados de la Sentencia recurrida, y,

PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el veintiocho de Septiembre de dos mil , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "que desestimando la demanda formulada por el Procurador D. Maríano Morales Pérez, en nombre y representación de D. Benito y contra D. Roberto y la entidad Mercantil La Unión Alcoyana SA de Seguros, debo absolver y absuelvo a estos últimos de la pretensión aducida contra los mismos. Se condena a la parte actora a abonar las costas procesales."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite el Juzgado realizó los preceptivostraslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde recibido y turnado, se pasaron las actuaciones al Magistrado Ponente para instrucción y posterior votación y fallo de Tribunal Colegiado.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los Fundamentos Jurídicos de la Sentencia recurrida, y

PRIMERO

Impugna el recurrente la Sentencia de instancia alegando como único motivo es supuesto error en al apreciación de la prueba en el que incurre el Juzgador de instancia; y ello por cuanto, a su juicio, existen pruebas suficientes para llegar a la conclusión de que fue el conductor demandado Sr. Roberto , el que con su conducta negligente, la invadir el carril contrario, causo el resultado dañoso descrito en su demanda.

SEGUNDO

Así las cosas, y...

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