SAP Sevilla 5/2004, 14 de Enero de 2004
Ponente | ANTONIO SALINAS YANES |
ECLI | ES:APSE:2004:102 |
Número de Recurso | 5583/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 5/2004 |
Fecha de Resolución | 14 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª |
D. JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARESDª. Dª. CARMEN ABOLAFIA DE LLANOSD. ANTONIO SALINAS YANES
ROLLO: 5583/03
PONENTE: ANTONIO SALINAS YANES
JUZGADO: SEVILLA 3
ASUNTO: ORDINARIO
FALLO
REVOCATORIA
SENTENCIA NÚM. 5
ILTMOS. SRES.
DON JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES
DOÑA CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS
DON ANTONIO SALINAS YANES
________________________________________
En Sevilla, a catorce de enero de dos mil cuatro.
VISTOS, por la Sección Sexta de esta Iltma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario nº 500/02, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número Tres de Sevilla, promovidos por González Rueda Obras y Servicios, S.L. contra Diversas Promociones, S.L.; sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia en los mismos dictada en veintiuno de febrero de dos mil tres
Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "Que desestimando la demanda formulada por la Entidad González Rueda Obras y Servicios, S.L. contra la Entidad Dipro, Diversas Promociones, S,.L., debo absolver y absuelvo a la referida demandada de los pedimentos formulados en su contra, imponiendo las costas de este procedimiento a la parte actora."
Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.
Por resolución de fecha veinticuatro de octubre de dos mil tres, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día doce de enero de dos mil cuatro, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.
En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON ANTONIO SALINAS YANES.
La entidad actora solicita en el procedimiento (una vez aclaradas en la audiencia previa, las dudas que se derivaron de la demanda y de un escrito posterior), que la entidad demandada sea condenada a abonarle la cantidad de 1.334.64,61 Euros (222.102.649 pesetas), como parte del precio no pagada por ésta, de dos contratos de ejecución de obras, que para la construcción de las fases primera y segunda de la Urbanización "Residencial Jardines del Sol", en Costa Ballena, término municipal de Rota (Cádiz), concertaron los días 17 de Enero y 28 de Junio de 2.000, solicitando también, que estos contratos sean declarados resueltos con fecha 19 de Marzo de 2.002, por incumplimiento de las obligaciones que le correspondían a la demandada, en aplicación del artículo 1.124 del Código Civil, contestando ésta, que argumentó, tener abonadas todas las cantidades que le correspondían, e incluso la actora le adeudaba la cantidad de 70.657.931, si bien no formulaba reconvención, al ser inútil dada la situación de insolvencia de la entidad actora; el Juzgado dictó sentencia desestimando la demanda, en los términos que constan en los antecedentes de hecho de esta resolución, habiendo...
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