SAP Cádiz 71/2005, 19 de Mayo de 2005

PonenteANA MARIA RUBIO ENCINAS
ECLIES:APCA:2005:503
Número de Recurso65/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución71/2005
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 3ª

MANUEL CARLOS GROSSO DE LA HERRANANA MARIA RUBIO ENCINASMIGUEL ANGEL FELIZ MARTINEZ

S E N T E N C I A Nº 71/05

AUDIENCIA PROVINCIAL CÁDIZ

Sección Tercera

PRESIDENTE ILMO. SR.

MANUEL GROSSO DE LA HERRAN

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

ANA MARIA RUBIO ENCINAS

MIGUEL ANGEL FELIZ Y MARTINEZ

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: J. 1ª Instancia e Instrucción Nº 1 Barbate

ROLLO DE APELACIÓN Nº 65/2005

JUICIO Nº 199/2003

En la Ciudad de Cádiz a diecinueve de mayo de dos mil cinco. .

Visto, por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de CÁDIZ, juicio de PROCED.ORDINARIO (N) procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de Juan Antonio que en el recurso es parte apelada , contra FIATC, Mutua General de Seguros que en el recurso es parte apelante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 22/7/04, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda planteada por Don Juan Antonio y CONDENAR a la entidad FIATAC, MUTUA DE SEGUROS GENERALES al pago al actor de 5.754,62 euros, más los intereses del artículo 20.4 de la Ley del Contrato de Seguro desde la fecha del siniestro, 17-9-2001, hasta la fecha de notificación de esta sentencia, momento en que serán de aplicación los intereses previstos en el art. 576 LEC 1/2000, con imposición de las costas procesales causadas a su instancia."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día de la fecha quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente la Ilma Sra. Magistrada Dña. ANA MARIA RUBIO ENCINAS quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los fundamentos de derecho de la resolución recurrida que se dan aquí por reproducidos.

En efecto la apelante insiste en ésta alzada en la falta de cobertura del siniestro producido y cuya cobertura se reclama en el presente procedimiento. Sin embargo hemos de concluir con el juez de instancia, que los daños reclamados y el importe correspondiente a los efectos sustraídos se encontraban dentro de la cobertura del seguro según se desprende del contenido de esta en su hoja 4º...

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