SAP Barcelona 59/2004, 30 de Enero de 2004
Ponente | RAMÓN FONCILLAS SOPENA |
ECLI | ES:APB:2004:1137 |
Número de Recurso | 848/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 59/2004 |
Fecha de Resolución | 30 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª |
D. RAMÓN FONCILLAS SOPENAD. AMELIA MATEO MARCODª. Dª. MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMOSÉPTIMA
ROLLO Nº 848/2003
JUICIO VERBAL Nº 363/2003
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE BARCELONA
S E N T E N C I A N ú m. 59/04
Ilmos. Sres.
D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA
Dª. AMELIA MATEO MARCO
Dª. MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA
En la ciudad de Barcelona, a treinta de enero de dos mil cuatro.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 368/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Barcelona, a instancia de D. Fidel y Dª. Mónica , por si mismos y en representación de sus hijos menores Jose Ignacio y Adolfo , contra IMAGE TOURS, S.A. y VACACIONES E-DREAM, S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 23 de Julio de 2.003, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. Sergi Bastida Batlle en nombre y representación de D. Fidel Y Dª. Mónica , por si mismo y en representación de sus hijos menores Jose Ignacio Y Adolfo contra IMAGE TOURS S.A. y VACACIONES E-DREAM S.L., debo CONDENAR Y CONDENO a éstos a abonar solidariamente a la parte actora la cantidad de SEISCIENTOS VEINTIDOS EUROS CON NOVENTA Y UN CÉNTIMOS (622,91 E).- Todo ello sin hacer especial pronunciamiento sobre las procesales causadas."
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 12 de Enero de 2.004.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA.
D. Fidel y su esposa Dª. Mónica contrataron un viaje de vacaciones a Egipto a disfrutar con sus dos hijas de 5 y 9 años, desde el 5 al 16 de agosto de 2002.
Por causas achacadas a la empresa Air Egypt el vuelo de regreso tuvo que anticiparse al día 15 de agosto y por ello los citados actores han reclamado, y obtenido por la sentencia de primera instancia que ha sido consentida por las demandadas, la mayorista y la agencia de viajes, la cantidad correspondiente al período dejado de disfrutar, que se ha cifrado en 622'91 euros -se trata de casi dos días pues, siendo la hora de salida prevista para el día 16 de agosto...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba