SAP Málaga 552/2007, 22 de Octubre de 2007
Ponente | ANTONIO ALCALA NAVARRO |
ECLI | ES:APMA:2007:2401 |
Número de Recurso | 522/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 552/2007 |
Fecha de Resolución | 22 de Octubre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 6ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. SECCIÓN SEXTA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº CUATRO DE MÁLAGA.
JUICIO ORDINARIO Nº 818 DE 2.004.
ROLLO DE APELACIÓN CIVIL Nº 522 DE 2.007.
S E N T E N C I A Nº 5 5 2 / 0 7.
Ilmos. Sres.
Presidente
D. Antonio Alcalá Navarro.
Magistradas
Dª Inmaculada Suárez Bárcena Florencio
Dª Soledad Jurado Rodríguez.
En la ciudad de Málaga, a veintidós de octubre de dos mil siete.
Vistos en grado de apelación, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio ordinario nº 818 de 2.004 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de Málaga, sobre arrendamiento financiero, seguidos a instancia de Power Light, S.L., representada en el recurso por la Procuradora Doña Pilar Ruiz de Mier y Núñez de Castro y defendida por el Letrado don Andrés San Emeterio Iglesias, contra Ibercopy, S.C. y contra Finanzia Renting, S.A., representadas en el recurso por los Procuradores Sres. Martínez del Campo y Mateo Crossa y defendidas por los Letrados Sres. Aguilera Ramírez y Mateo Crossa, pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por la entidad demandante contra la sentencia dictada en el citado juicio.
El Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de Málaga dictó sentencia de fecha siete de febrero de dos mil seis en el juicio ordinario nº 818 de 2.004 del que este rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO.- Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D./Dª Pilar Ruiz de Mier y Nuñez de Castro en nombre y representación de Power Light S.L. procede la absolución del demandado Ibercopy S.C. y Financia Renting S.A. con imposición de las costas causadas en esta instancia al actor." (sic)
Contra la expresada sentencia interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación la entidad demandante el cual fue admitido a trámite y su fundamentación impugnada de contrario, remitiéndose los autos a esta Audiencia, donde al no haberse propuesto prueba ni estimarse necesaria la celebración de vista, previa deliberación de la Sala, que tuvo lugar el día 18 de septiembre de 2.007, quedaron las actuaciones conclusas para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Antonio Alcalá Navarro.
Solicita la parte recurrente la revocación de la sentencia apelada y el dictado de otra que estime su reclamación, alegando error en la valoración de la prueba y en la jurisprudencia que interpreta el contrato de renting, y subsidiariamente, aunque se desestime la demanda, no se haga condena en costas por existir serias dudas de hecho o de derecho.
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