SAP Asturias 291/2002, 24 de Junio de 2002

PonenteJOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
ECLIES:APO:2002:2557
Número de Recurso139/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución291/2002
Fecha de Resolución24 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

D. José Antonio Seijas QuintanaD. Guillermo Sacristán RepresaD. Rafael Martín del Peso

AUD. PROVINCIAL SECCION N. 1

OVIEDO

SENTENCIA: 00291/2002

SENTENCIA NÚMERO 291/02

Rollo: RECURSO DE APELACION 139 /2002

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Antonio Seijas Quintana

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa

D. Rafael Martín del Peso

En OVIEDO, a veinticuatro de Junio de dos mil dos

VISTOS, en grado de apelación por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal Civil 334/99, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Llanes, Rollo de Apelación 139/02, entre partes, como Apelante/s, Previsión Española, S.A., y como Apelado/s Marco Antonio , defendido por el Letrado Don Celso Alvarez Buylla y Iván , defendido por el Letrado Don Javier Bosque Romero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de 1ª Instancia de LLanes dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 3 de enero de dos mil dos cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo estimar la demanda presentada por el Procurador Vicente Buj Ampudia y condenar a Don Iván y la entidad asegura Previsión Española a que de forma solidaria indemnicen a Don Marco Antonio en la cantidad de cuatro mil trescientos setenta y nueve euros con setenta y tres centimos (4.379'73 euros) equivalentes a 728.725 ptas mas los intereses legales desde la fecha del siniestro incrementados en un 50% para la compañia aseguradora y los intereses legales correspondientes que se devenguen desde la interposición de la demanda para don Iván . Condenandoles también al pago de las costas procesales generadas durante la tramitación de este pleito" .

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada Previsión Española, S.A., que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don José Antonio Seijas Quintana.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre la entidad Previsión Española S.A....

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