SAP Asturias 267/2007, 21 de Junio de 2007
Ponente | JAVIER ANTON GUIJARRO |
ECLI | ES:APO:2007:1775 |
Número de Recurso | 117/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 267/2007 |
Fecha de Resolución | 21 de Junio de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
OVIEDO
SENTENCIA: 00267/2007
SENTENCIA NÚMERO 267/07
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000117 /2007
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
D. José Ignacio Álvarez Sánchez
MAGISTRADOS
D. Guillermo Sacristán Represa
D. Javier Antón Guijarro
En Oviedo a, veintiuno de Junio de dos mil siete.
VISTOS en grado de apelación por esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 171 /2006, procedentes del JDO.1A.INST. E INSTRUCCION N.2 de GRADO, Rollo 117 /2007, entre partes, como Apelante SOCIEDAD COTO REGIONAL DE CAZA Nº 65 DE BELMONTE CLUB DEPORTIVO BASICO "PEÑA MANTECA" y como Apelado D. Cosme representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. ANA MARIA ALVAREZ BRISO-MONTIANO, y bajo la dirección letrada de D. JOSE LUIS MENENDEZ LLANA.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Grado dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 7 de Diciembre de 2006 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por Cosme, en su condición de heredero y en beneficio de las herencias yacentes de Catalina y Gabriel, contra la Sociedad adjudicataria del Coto Regional de Caza nº 065, Belmonte, Club Deportivo Básico "PEÑA MANTECA", debo condenar y condeno a ésta a abonar al demandante en su condición de heredero y beneficio de las precitadas herencias yacentes, la cantidad de 3.575,99 €, con el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda e imposición de las costas causadas".
Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.
Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 21 de Junio de 2007, quedando los autos para sentencia.
En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don Javier Antón Guijarro.
Se alza el apelante Club Deportivo Peñamanteca contra la Sentencia de fecha 7 diciembre 2006 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 Grado en el Juicio Ordinario 171/06, alegando como motivos de su recurso el error en la valoración de la prueba padecido por el juzgador de primera instancia en lo concerniente a la determinación de la superficie de la finca del actor afectada por los daños causados por la caza, pues debe reconocerse valor probatorio al documento elaborado en su día por la guardería del...
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