SAP Murcia 451/2002, 12 de Diciembre de 2002

PonenteJULIA FRESNEDA ANDRES
ECLIES:APMU:2002:3174
Número de Recurso440/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución451/2002
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

SENTENCIA N° 451

Ilmos Sres:

D. Jose Manuel Nicolás Manzanares

Presidente

Don Matías Soria Fernandez Mayoralas

Doña Julia Fresneda Andrés

Magistrados

En Cartagena a 12 de diciembre de 2.002

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia con sede en Cartagena, integrada por los Ilmos. Sres expresados al margen, ha visto los autos del Juicio Ordinario n° 440/02 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Cartagena de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte actora D. Jesús Manuel , representada por el Procurador Sr. Fernandez de Simón Bermejo y asistido del Letrado Sr. Bernabé Pérez, interviniendo como parte apelada, la demandada, "COMPAÑÍA DE SEGUROS PATRIA HISPANA" representada por el Procurador Sra. Abellán Rubio y asistida del letrado Sr. Cela Fernández y D. Matías , representado por el Procurador Sr. Farinós Martí y asistido del Letrado Sr. Roda Alcantud.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los referidos autos se dictó sentencia con fecha 13 de marzo de 2.002, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. FERNANDEZ DE SIMÓN BERMEJO en nombre y representación de D. Jesús Manuel contra Matías Y CIA DE SEGUROS LA PATRIA HISPANA SA. DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a los citados demandados de todos los pedimentos contra ellos deducidos en la demanda, con la expresa imposición a laparte actora de las costas causadas en el presente procedimiento.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se preparó recurso de apelación por la citada parte actora, con base en las alegaciones manifestadas en su escrito de interposición y se dan por reproducidas, tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 455 y ss de la vigente LEC., oponiéndose al mismo la parte demandada en los términos que constan en autos. Remitidos los autos a este Tribunal se formó el correspondiente Rollo de apelación, con el número 440/02, tras los trámites oportunos, y previa votación y fallo señalada el día 19 de noviembre de 2.002, sin celebración de vista, quedaron los autos conclusos para dictar la presente resolución.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia han sido observadas las normas y formalidades legales, excepto el plazo para dictar sentencia, por acumulación de asuntos.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Suplente Dª Julia Fresneda Andrés, que expresa la convicción del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El apelante, alega, error en la apreciación y valoración de la prueba, solicitando la revocación de la sentencia con estimación íntegra de su demanda y, subsidiariamente, la cantidad de

2.163,21 euros y la no imposición de costas de la instancia con base en el art. 394.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por existir serias dudas de hecho.

La parte apelada se opone al recurso solicitando la confirmación si bien con la rectificación material alegada.

SEGUNDO

Se ejercita por el actor la acción prevista en el art. 1.902 del Código Civil. La resolución de instancia a la vista de los...

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