AAP Madrid 13/2004, 21 de Enero de 2004

ECLIES:APM:2004:651
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución13/2004
Fecha de Resolución21 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

Procedimiento Abreviado nº 549/2002

Juzgado de lo Penal nº 1 de Getafe

Rollo de Sala nº 140/2003

Juan José López Ortega

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado, en el nombre de

SU MAJESTAD EL REY, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 13/2004

En Madrid, a veintiuno de enero de dos mil cuatro.

VISTA por esta Sala en grado de apelación la causa nº 549/02 del Juzgado de lo Penal nº 1 de Getafe, seguida por un delito de robo con fuerza en las cosas, contra Ángel, nacido el 1-11-1971, en Madrid, hijo de Benito y Caridad Victoria, con DNI nº NUM000, con antecedentes penales no computables y en libertad por esta causa. Ha comparecido como apelante el citado acusado, representado por el Procurador D. Francisco De las Alas Pumariño Miranda, y asistido por la Letrada Dª. Alicia López Frutos, y como apelado, el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Juan José López Ortega, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por escrito de 24 de marzo de 2003, el Procurador de los Tribunales don Francisco De las Alas Pumariño Miranda, en representación de don Ángel, ha formulado recurso de apelación contra la sentencia de 5 de marzo de 2003 del Juzgado de lo Penal nº 1 de Getafe.

El recurrente resultó condenado como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa (arts. 237, 238.3 y 240 C.P.) a la pena de seis meses de prisión y accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y a que indemnice a la entidad Buafi S.L. en 210,14 euros.

La sentencia condenatoria declara probados los siguientes hechos:

"HECHOS PROBADOS: De la valoración en conciencia de la prueba practicada en el acto de juicio oral resulta probado y así se declara que el acusado Ángel, mayor de edad y con antecedentes penales no computables, con ánimo de obtener un ilícito enriquecimiento, sobre las 1:45 horas del día 8 de septiembre de 2.000 se dirigió a la gasolinera "BUAFI S.L.", sita en C/ San Bernardo s/n de la localidad de Leganés (Madrid), y tras romper la caja recaudadora de la máquina lavacoches, se apoderó de ocho monedas de cien pesetas cada una de ellas que había en el interior de la caja, dándose a la huida, siendo sorprendido en su fuga por la Policía Nacional que procedió a su detención, ocupándole el dinero sustraído, que han sido devuelto a su propietaria.

Asimismo, le fueron...

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