SAP Pontevedra 17/2003, 30 de Mayo de 2003

ECLIES:APPO:2003:2037
Número de Recurso20/2002
Número de Resolución17/2003
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA

Sección n° 5 - SEDE VIGO

Rollo: 20 /2002

Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 1 de VIGO

Proc. Origen: DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO n° 1110 /2002

SENTENCIA N° 17/2003

ILMOS/AS SR./SRAS.

Presidente/a

Dª INMACULADA DE MARTIN VELÁZQUEZ

Magistrados/as

D. JOSÉ FERRER GONZÁLEZ

Dª INMACULADA DE MARTIN VELÁZQUEZ

En VIGO - PONTEVEDRA, a treinta de mayo de dos mil tres.

VISTA en juicio oral y público, ante la Sección 5 de esta Audiencia Provincial la causa instruida con el número 1110 /2002, procedente del Juzgado de JUZGADOS DE INSTRUCCION n° 1 de VIGO (Rollo de Sala n° 20/2002) y seguida por el trámite de PROCEDIMIENTO ABREVIADO por el delito de TRÁFICO DE DROGAS, contra Marco Antonio con DNI NUM000 nacido en Vigo el 09/2/1962 hijo de Lorenzo y de Marisol con antecedentes penales y en prisión provisional por esta causa, estando representado por la Procuradora Dª Victoria Soñora Álvarez y defendido por la Letrada Dª Beatriz Lágo Gómez; Gema con DNI NUM001 nacida en Vigo el 07/2/1959 hija de Alexander y de Dolores , sin antecedentes penales y en prisión provisional por esta causa, estando representada por el Procurador D. Pedro L. Lanero Táboas y defendida por la Letrada Dª Mª José Iglesias Pociña; Rosendo con DNI NUM002 nacido en Vigo el 20/12/1981 hijo de Lorenzo y de Diana , sin antecedentes penales y en prisión provisional por esta causa estando representado por la Procuradora Dª Susana Arca Velos y defendido por el Letrado D. Manuel A. García Álvarez; Elena con DNI NUM003 nacida en Vigo el 26/1/1978 hija de Alexander y de Dolores , sin antecedentes penales y en prisión provisional por esta causa, estando representada por la Procuradora Dª Mª Dolores Bravo Cores y defendida por la Letrada Dª Marta Isabel Gallego Ramos; Paulino con DNI NUM004 nacido en Vigo el 31/12/1980 hijo de Lorenzo y de Leonor , sin antecedentes penales y en prisión provisional por esta causa, estando representado por la Procuradora Dª Marta Robés Cabaleiro y defendido por la Letrada Dª Beatriz Gallego Calderon; Isabel con DNI NUM005 nacida en Vigo el 21/3/1970 hija de Alexander y de Diana , sin antecedente penales y en prisión provisional por esta causa, estando representada por el Procurador D. Juan Carlos Álvarez Vázquez y defendida por la Letrada Dª Sandra Gallego Albés. Siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal, y como Ponente el/la Ilmo./a. Magistrado/a Dª. INMACULADA DE MARTIN VELÁZQUEZ, quien expresa el parece de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal en el acto del juicio oral, elevó sus conclusiones a definitivas, calificando definitivamente los hechos constitutivos de un delito de Tráfico de Drogas del art. 368 (modalidad de sustancia que causa grave daño a la salud) del Código Penal, de los que considera responsable en concepto de autores del art. 28 del Código Penal a los acusados, sin concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, excepto respecto a Marco Antonio en el cual concurre la circunstancia agravante del art. 22.8° (reincidencia) y solicitó la pena de 8 años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y multa de 1000 euros para Marco Antonio y 6 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo y multa de 1000 euros para cada uno de los restantes acusados. Comiso de la droga y demás efectos incautados y costas.

SEGUNDO

Las defensas de los acusados en igual trámite mostraron su disconformidad con el ministerio Fiscal, solicitando la libre absolución de sus defendidos.

Probado y así se declara que en la vivienda sita en la CALLE000 n° NUM006 . NUM007 de Vigo, cuyos titulares son D. Marco Antonio y su esposa Dª Gema , se encontraban viviendo el citado matrimonio y sus hijos menores de edad, María Purificación , Lucio y Miguel Ángel , así como también Elena , hermana de Gema y su marido Paulino ; Rosendo , hermano de Marco Antonio ; y Isabel cuñada de Marco Antonio .

Entre los meses de febrero y marzo de 2001 se venían realizando en la citada vivienda actos de venta de cocaína, heroína y hachis a aquellas personas que acudían en busca de dichas sustancias, admitiendo a cambio de la droga no sólo dinero sino también otros efectos como teléfonos móviles, e incluso alimentos como aceite, y las entregas de las anteriores sustancias se hacia indistintamente por Elena , Paulino , Isabel y Rosendo que eran quienes percibían el dinero o bienes entregados a cambio, en concreto participaron en las siguientes transacciones evidenciadas tras someterse el citado domicilio a vigilancia policial:

1) El día 22 de febrero de 2002 le fuera intervenido a Eugenio un pequeño envoltorio que analizado resultó contener 0,119 gramos de cocaína con una riqueza del 81,48% y que había adquirido en el inmueble reseñado.

2) El día 1 de marzo se le intervino a María una papelina que resultó ser heroína y que también había adquirido en el mismo lugar.

3) El día 7 de marzo de 2002 Emilio adquirió dos papelinas que tras su análisis resultaron contener 0,053 gr. de cocaína con una riqueza del 85,63% y 0,042 gr. de heroína.

4) El mismo día 7 de marzo de 2002 acudió también al inmueble Juan Ignacio y adquirió 2,955 gr. de resina de cannabis, tres bolsitas que resultaron contener 0,340 gr. de cocaína con una riqueza del 82,86 % y otras tres bolsitas conteniendo 0,181 gr. de heroína con una riqueza del 26,70%.

Practicada la entrada y registro en el domicilio reseñado de la CALLE000 n° NUM006 - NUM007 se encontró:

En el salón: en una figura plástica, envoltorios de droga, una pistola de plástico, cámara de fotos Werlisa, cargador de móvil, un móvil "Alcatel One Touch Easy", un radio-cassette "Pioneer" y alguna joya.

En un bolso de pana marrón, propiedad de Paulino : una cartera de piel negra, veintinueve bolsitas conteniendo, en total 1,298 gramos de heroína, con una riqueza del 31,28% con un valor de mercado que oscila entre los 75 y los 123 euros, según se venda por gramos o por dosis. Una libreta de Caixanova a su nombre y al de su mujer Elena , una libreta de Caixavigo e Ourense a nombre de su mujer Elena y una cartera billetera conteniendo 125 euros.

En el dormitorio de Marco Antonio y Gema : Debajo del colchón, en un bolso, 160 euros (en billetes de 20 euros) y una gargantilla de oro. En la funda del colchón, una cartera negra con 130 euros (dos billetes de 50 euros dos billetes de 10 euros y dos billetes de 5 euros). Tres teléfonos móviles marcas Nokia 7110, Ericsson T10 y Macson Epsilon y una sortija.

En el domicilio de Támara: Una navaja con restos, al parecer, de droga. Cuatro teléfonos móviles marcas Ericsson T18, Macson Elephant, Panasonic, Macsaon y un teléfono fijo Siemens. Cámara de fotos Kodak, reloj de fantasía "Elegance", un colgante con dos pendientes. En un bolso negro, una bolsa plástica conteniendo 1,562 gramos de planta de cannabis seca, con un valor de 6 euros y un recorte de plástico circular.

En el cuarto de baño: un papel rojo circular.

En el dormitorio de Isabel : en su bolso, un monedero con 370 euros (en diez billetes de 20 euros, trece billetes de 10 euros y ocho billetes de 5...

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