SAP Sevilla 176/2004, 25 de Marzo de 2004

PonenteJosé Lázaro Alarcón Herrera
ECLIES:APSE:2004:1275
Número de Recurso1199/2004
Número de Resolución176/2004
Fecha de Resolución25 de Marzo de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 7ª

D. Antonio Gil MerinoD. Javier Gonzalez FernandezD. José Lázaro Alarcón Herrera

AUDIENCIA PROVINCIAL

SEVILLA

SECCIÓN SEPTIMA

SENTENCIA Nº 176/04

Rollo de apelación penal nº 1199 /2.004

Asunto Penal 131/2.003

Juzgado de lo Penal nº 5 de SevillaMagistrados:

Antonio Gil Merino, presidente

Javier Gonzalez Fernandez

José Lázaro Alarcón Herrera, ponente

En Sevilla a 25 de marzo de 2.004

Vistos por la Sección Septima de esta Audiencia el recurso de apelación pendiente ante la misma contra la sentencia dictada el 21 de octubre de 2.003, procedente del Juzgado Penal nº Cinco de esta capital, seguido por el delito Contra la Seguridad del Trafico, contra el acusado Baltasar , representado por el Procurador Dª Rosa Baena Jimenez, venido a este Tribunal en virtud de recurso interpuesto por el acusado , siendo parte el Ministerio Fiscal, y Ponente el Magistrado Suplente Ilmo. Sr. D. José Lázaro Alarcón Herrera.

ANTECEDENTES
Primero

Que la referida sentencia estimo que los hechos probados eran legalmente constitutivos de un delito contra la seguridad del trafico del articulo 379, un delito de desobediencia del articulo 380, una falta contra el orden publico del articulo 634 y una falta de daños del articulo 625, todos del Código Penal, condenando al acusado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal y con la concurrencia en el delito de Desobediencia de la circunstancia atenuante analogica de embriaguez del articulo 21-6 en relacion al 21.2 y 20.2 del Código Penal, a la pena de tres meses de multa con cuota diaria de seis euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y privacion del permiso deconducir vehiculos de motor y ciclomotores por tiempo de un año y un dia por el primer delito ; a la de seis meses de prision con inhabilitacion especial para derecho de sufragio pasivo durante la condena por el segundo delito; 20 dias de multa con cuota diaria de 6 euros con 10 dias de responsabilidad personal caso de impago por la falta contra el orden publico; un mes de multa con cuota diaria de seis euros con 15 dias de responsabilidad personal subsidiaria caso de impago por la falta contra el patrimonio, debiendo indemnizar a la Consejeria de Salud de la Junta de Andalucia en la cantidad de 30´05 euros, y las costas del juicio.

Segundo

Notificada la sentencia a las partes se interpuso el recurso de apelación anteriormente reseñado en base a los distintos motivos que se estudian en los fundamentos jurídicos.

Tercero

Instruidas las partes y recibidos los autos en esta Audiencia se señalo dia para deliberación y fallo, que tuvo lugar el dia 9 de marzo de 2.004.

Cuarto

Se aceptan antecedentes procesales y hechos probados de la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero

El acusado fue condenado en la primera instancia por un delito conduccion bajo influencia de bebidas alcoholicas del articulo 379 y por otro de desobediencia...

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