AAP Madrid 809/2003, 24 de Octubre de 2003

ECLIES:APM:2003:11642
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución809/2003
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 23ª

ROLLO RP Nº 299/03

JUZGADO PENAL Nº 1 DE MOSTOLES

JUICIO ORAL Nº 10/02

SENTENCIA Nº 809/03

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

ILMOS. SRES. DE LA SECCION 23ª

D. ANGEL LUIS HURTADO ADRIAN

D. RAFAEL MOZO MUELAS

Dª. MARTA PEREIRA PENEDO

En Madrid, a 24 de Octubre de 2003.

VISTO, en segunda instancia, ante la Sección Vigesimotercera de esta Audiencia Provincial, juicio oral 10/02, procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Móstoles, seguido por delito de simulación de delito, contra el inculpado Jose Antonio , venido a conocimiento de esta Sección, a virtud de recurso de apelación, interpuesto en tiempo y forma por la representación de dicho inculpado, contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del referido Juzgado, con fecha 7 de Julio de 2003.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la sentencia apelada se establecen como hechos probados que "A las cero cuarenta y cinco horas del día diecisiete de diciembre del año dos mil el acusado, Jose Antonio , nacido el 3 de octubre de 1962, sin antecedentes penales, se personó en la Comisaria de Policía del cuerpo Nacional de Policía de Alcorcón en donde denunció que a las cero cinco horas del mismo dí diecisiete de diciembre, cuando se encontraba cerrando el bar cervecería DIRECCION000 , del que es titular, y sito en el número NUM000 de la CALLE000 de Alcorcón, de improviso se le acercó por la espalda un individuo de unos veinticinco a veintisiete años, de complexión fuerte, con el pelo moreno y corto, vistiendo una chaqueta de color oscuro y pantalón como azul marino, el cual, tras mostrarle una navaja grande le dijo que le diera todo el dinero que tuviera, a la vez que le ponía la navaja en el cuello, por lo que le entregó la recaudación de todo el día la cual ascendía a la cantidad de ochenta mil pesetas que una vez que el individuo tuvo el dinero en su poder se dio a la fuga en dirección al parque de la

Esta denuncia dio lugar a la incoación del atestado 36.385, de la Comisaría de Policía de Alcorcón, el cual fue remitido al Juzgado número Cuatro de los de Alcorcón, que incoó las Diligencias Previas 2006/2000, las cuales fueron sobreseídas, por alta de auto, por autor de dieciocho de diciembre.

Sobre las dieciocho horas y cuarenta y cinco minutos del día veintidós de diciembre del año dos mil el acusado, en las dependencias policiales, manifestó que todo lo que había denuncia era incierto y que en realidad lo ocurrido es que tras cerrar el bar se dirigió a su domicilio y que cuando llegó al mismo se percató de la falta del sobre que contenía la recaudación".

Su fallo, es del tenor literal siguiente: "Que condeno a Jose Antonio como autor de un delito de simulación de delito ya definido, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de confesión del hecho a las autoridades, a la pena de OCHO MESES MULTA, con una cuota diaria de tres euros, cantidad que se abonará en cuatro plazos, dentro de los...

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