SAP Cantabria 20/2007, 23 de Enero de 2007

PonenteERNESTO SAGÜILLO TEJERINA
ECLIES:APS:2007:220
Número de Recurso338/2006
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución20/2007
Fecha de Resolución23 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SANTANDER

SENTENCIA: 01020/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CANTABRIA rollo RJ 338/06

Sección Primera

S E N T E N C I A 20/07

En la Ciudad de Santander, a veintitrés de Enero de dos mil siete.

El Ilmo. Sr. Ernesto Sagüillo Tejerina, Magistrado de la Sección Primera de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria, ha visto en grado de apelación los autos de juicio de faltas núm. 1610/06 del Juzgado de Instrucción núm. Uno de Santander, Rollo de Sala núm. 338/06, seguidos por falta contra las personas art. 620.2º CP, siendo denunciante María Esther y denunciado Humberto, con intervención del Ministerio Fiscal.

En esta Segunda instancia ha sido parte apelante Humberto.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado ya mencionado, en fecha veinticuatro de julio de dos mil seis, se dictó Sentencia cuyo relato de Hechos Probados y Fallo son del tenor literal siguiente:

"Hechos Probados: Que las partes en el presente procedimiento mantienen una relación arrendaticia la cual se encuentra pendiente de resolución judicial. Que el día 13 de julio y después de la celebración de un juicio en relación con el arrendamiento que une a las partes se encontró la denunciante con el denunciado en la rampa de sotileza donde la zarandeó y la amenazó con mandarla unos colombianos a que la mataran.

Fallo: Debo condenar y condeno a Humberto como autor responsable de una falta contra las personas prevista y penada en el artículo 620.2 del CP a la pena de veinte día de multa fijándose la cuota diaria en la cantidad de 6 euros día, atendiendo a las circunstancias personales y patrimoniales del condenado, que se hará efectiva en una sola vez; como autr responsable de una falta contra las personas prevista y penada en el artículo 617.2 del C.P. a la pena de treinta días de multa fijándose la cuota diaria en la cantidad de 6 euros día, atendiendo a las circunstancias personales y patrimoniales del condenado, que se hará efectiva en una sola vez, y ello con imposición de las costas del presente procedimiento."

SEGUNDO

Notificada la Sentencia a las partes, por Humberto se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y dado traslado del escrito de recurso a las demás partes por el plazo legal, se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial a efectos de resolución del recurso.

Se admiten los de la Sentencia de instancia, ya reproducidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso discrepa de la sentencia condenatoria dictada en la instancia y solicita que se dicte nueva sentencia que absuelva al recurrente de...

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