SAP Baleares 61/2005, 6 de Mayo de 2005

PonenteMARGARITA BELTRAN MAIRATA
ECLIES:APIB:2005:652
Número de Recurso2/2005
Número de Resolución61/2005
Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 1ª

Dª. MARGARITA BELTRAN MAIRATAD. JULIO ALVAREZ MERINOD. MANUEL ALEIS LOPEZ

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA

Seccion Primera

Procedimiento ordinario 2/2005

Órgano de procedencia: Juzgado de Instrucción número 3 de Palma de Mallorca

Procedimiento de origen: Sumario 8/2004

SENTENCIA núm. 61/05

Ilmos. Sres.

Dª. Margarita Beltrán Mairata

Dº. Julio Álvarez Merino

Dº. Manuel Aleis López

En Palma de Mallorca, a 06 de mayo de 2005

VISTO ante la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Proc. Ordinario dimanante del Sumario número 8/2004, del Juzgado de Instrucción nº 3 de Palma de Mallorca, Rollo 2/2005, seguido por delito contra la salud pública, contra Benito , con Pasaporte nº NUM000 , nacido el 7 de enero de 1972, en Santa Cruz (Bolivia), hijo de Anselmo y de María, sin antecedentes penales, insolvente, en prisión provisional por esta causa, representado por el Procurador Dº. Santiago Barber Cardona y defendido por el Letrado Dº. Francisco Leal Mayol, siendo parte el Ministerio Fiscal y ponente, que expresa el parecer de este Tribunal, la magistrada Ilma. Sra. Dª. Margarita Beltrán Mairata.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. / El presente Sumario se incoó a raíz de atestado instruido por la G. Civil (Cia Puerto- Aeropuerto) que determinó la intervención de sustancias tóxicas y la detención de Benito . Investigados judicialmente los hechos, indiciariamente constitutivos de un delito contra la Salud Pública, por Auto de 30 de diciembre de 2004 se incoó Sumario y, en la misma fecha, se declaró procesado al anterior; concluso que fue el Sumario, se elevó a esta Ilma. A. Provincial, se aperturó el juicio oral y el Ministerio Fiscal formuló sus conclusiones provisionales mediante escrito datado el 10 de marzo; la defensa calificó mediante escrito fechado el 18 del mismo mes.

    Admitidas las pruebas propuestas, se señaló dia para el acto de juicio oral.

  2. / Abierto el acto de juicio oral, y antes de iniciarse la practica de la prueba, el Ministerio Fiscal presentó escrito modificando sus conclusiones provisionales, exclusivamente en lo concerniente a la calificación jurídica y pena, estimando que los hechos que ulteriormente se referirán, eran constitutivos de un delito previsto y penado en el art. 368, inciso primero del C. Penal, del que era autor el acusado, sin concurrencia de circunstancias modificativas, e interesó la imposición de la pena de 4 años y 6 meses de prisión, multa de 25.245 E. con responsabilidad personal subsidiaria de 3 meses en caso de impago, e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como el comiso de la sustancia y dinero intervenidos.

  3. / El acusado y su defensa, mostraron conformidad con el escrito de acusación. No obstante, la defensa interesó que la pena aceptada fuera sustituida por la expulsión del territorio nacional, y sustitución a la que se opuso el Ministerio Fiscal.

    Son hechos probados, por conformidad de las partes, los siguientes : El acusado Benito -mayor de edad, sin antecedentes penales, y privado de libertad por esta causa- sobre las...

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