SAP Madrid 13/2003, 30 de Septiembre de 2003
Ponente | JULIO CARLOS SALAZAR BENÍTEZ |
ECLI | ES:APM:2003:10542 |
Número de Recurso | 731/2001 |
Número de Resolución | 13/2003 |
Fecha de Resolución | 30 de Septiembre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 20ª |
D. MARÍA JOSÉ DE LA VEGA LLANESD. JULIO CARLOS SALAZAR BENÍTEZD. RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 20
MADRID
SENTENCIA: 00013/2003
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN 20ª
SENTENCIA Nº
Rollo: RECURSO DE APELACION 731/2001
Ilmos. Sres. Magistrados:
MARÍA JOSÉ DE LA VEGA LLANES
JULIO CARLOS SALAZAR BENÍTEZ
RAMÓN FERNANDO RODRÍGUEZ JACKSON
En MADRID, a treinta de septiembre de dos mil tres.
VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 20 de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de MENOR CUANTIA 254/1999, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N. 3 de PARLA, a los que ha correspondido el Rollo 731/2001, en los que aparece como parte apelante CLUB SOCIEDAD DE CAZADORES DE PINTO, y comoapelada
Juan Francisco
, Jose Francisco
, Marcelino
, Fermín
, Aurelio
, Jesús Ángel
, Jose Ignacio
, Millán
, Hugo
, Diego
, Alvaro
, Juan Ignacio
, Carlos Miguel
, sobre acción declarativa de nulidad, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don JULIO CARLOS SALAZAR BENÍTEZ.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Parla, en fecha 28 de mayo de 2001, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales D. Joaquín Paz Cano en nombre y representación de D.
Aurelio
, D. Marcelino
, D. Juan Francisco
, D. Fermín
y D. Jose Francisco
contra la asociación deportiva Sociedad de Cazadores de Pinto y su Junta Directiva integrada por D. Arturo
, D. Jesús Ángel
, D. Jose Ignacio
, D. Millán
, D. Hugo
, D. Diego
, D. Alvaro
, D. Juan Ignacio
y D. Carlos Miguel
representados por el procurador de los Tribunales D. Alejandro Pinilla Martín debo declarar y declaro la nulidad de las elecciones a Junta Directiva de la asociación deportiva privada "Sociedad de Cazadores de Pinto" celebradas el día 30 de abril de 1999 sin que quepa la convocatoria de nuevas elecciones, con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada.".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la sociedad demandada, exponiendo las alegaciones en que basa su impugnación. Admitido el recurso en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la apelada, que presentó escrito oponiéndose al recurso formulado de contrario. Elevados los autos ante esta Sección, fueron turnados de ponencia, y quedando pendientes de resolución, se señaló fecha para deliberación y votación, que se ha llevado a cabo por los Magistrados de esta Sección.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.
Se aceptan los correlativos contenidos en la sentencia de primera instancia, los que se dan aquí por reproducidos para evitar innecesarias repeticiones.
A través de la presente litis, seguida que fue por los trámites del juicio declarativo de menor cuantía, los actores, hoy apelados, Don
Aurelio
, Don Marcelino
, Don Juan Francisco
, Don Fermín
y Don Jose Francisco
, solicitan que se dicte sentencia por la que se acuerde "anular las elecciones a Junta Directiva de la Asociación Deportiva Privada Sociedad de Cazadores de Pinto celebradas el 30 de abril de 1999 y se obligue a convocar nuevas elecciones para la elección de Junta Directiva de la Asociación Deportiva Privada Sociedad de Cazadores de Pinto en el plazo de...
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