SAP A Coruña 88/2007, 8 de Marzo de 2007

PonenteMARIA JOSE PEREZ PENA
ECLIES:APC:2007:336
Número de Recurso499/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución88/2007
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

LA CORUÑA/A CORUÑA

SENTENCIA: 00088/2007

ROLLO: RECURSO DE APELACION 0000499 /2006

SENTENCIA

NÚM..

AUDIENCIA PROVINCIAL, SECCIÓN TERCERA

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. JUAN ANGEL RODRIGUEZ CARDAMA

DÑA. MARIA JOSE PEREZ PENA

D. RAFAEL JESUS FERNANDEZ PORTO GARCIA

--------------------------------------------

En A CORUÑA, a ocho de Marzo de dos mil siete.

VISTOS por la Sección Tercera de esta Ilma. Audiencia Provincial, constituída por los Sres. que al margen se expresan, los presentes autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO núm. 126/05, que ante la misma penden en grado de apelación, procedentes del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 5 DE FERROL, en los que es parte COMO APELANTE: Dª Mariana, representado/a por el/a Procurador/a Sr. CASTRO BUGALLO y bajo la dirección del/a Letrado/a Sr. ARIAS EIBE; y de otra como APELADO: D. Felipe ; versando los autos sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los de la SENTENCIA DE FECHA 2 DE NOVIEMBRE DE 2005, dictada por el Ilmo. Sr. Juez/Magistrado del Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Ferrol, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:"FALLO:Que desestimando la demanda interpuesta por el/la Procurador/a D/Dª COVADONGA GONZÁLEZ-IRÚN GARCÍA, en nombre y representación de D/Dª Mariana, contra D./Dª Felipe, representado/a/s por el Procurador/a D/Dª JUAN GARMENDIA DÍAZ;

  1. -Debo ABSOLVER Y ABSUELVO al demandado de los pedimentos efectuados en su contra.

  2. -Todo ello con imposición de costas a la parte actora."

PRIMERO

Interpuesta la apelación por Dña. Mariana, y admitida, se elevaron los autos a este Tribunal, con emplazamiento de las partes, habiendo comparecido en tiempo y forma para sostener dicho recurso el/a Procurador/a Sr. Castro Bugallo.

SEGUNDO

Registradas las actuaciones en esta Audiencia, fueron turnadas a esta Sección. Por providencia de fecha 11 de Septiembre de 2006, se admite el recurso, mandando formar el correspondiente Rollo, designando Ponente y acordando esperar el término del emplazamiento. Se personó en esta alzada el Procurador Sr. Castro Bugallo, en nombre y representación de Dña. Mariana, en calidad de apelante. Se tiene por apelado no personado a D. Felipe. Queda el proceso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno corresponda. Por providencia de fecha 7 de Noviembre de 2006 se señaló para votación y fallo el día 6 de Marzo de 2007.

TERCERO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; y

SIENDO PONENTE el Ilmo/a. Sr./a Magistrado/a DÑA. MARIA JOSE PEREZ PENA.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada.

PRIMERO

Contra la sentencia dictada en la instancia, que concluye con la desestimación de las pretensiones formuladas en la demanda, se alza la parte actora, por entender, aún cuando no lo diga expresamente, que la citada resolución ha incurrido en error en la interpretación de la prueba practicada, en especial en el contenido del documento suscrito entre las partes el 10 de Julio de 1999, por lo que, solicita la estimación del recurso a fin de que sea revocada la sentencia apelada y en su defecto se dicte...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP A Coruña 156/2009, 23 de Abril de 2009
    • España
    • 23 Abril 2009
    ...3 de Betanzos, que fue desestimada por sentencia de dicho juzgado, confirmada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de A Coruña en sentencia de fecha 8 de marzo de 2007 , declarando no haber lugar a la nulidad o resolución del contrato de Por ello se invoca la excepción de litis......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR