SAP Barcelona 789/2003, 22 de Octubre de 2003
Ponente | AMELIA MATEO MARCO |
ECLI | ES:APB:2003:5634 |
Número de Recurso | 628/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 789/2003 |
Fecha de Resolución | 22 de Octubre de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª |
SENTENCIA N ú m. 789
Ilmos. Sres.
D. RAMÓN FONCILLAS SOPENA
D. VICTORIANO DOMINGO LOREN
Dª. AMELIA MATEO MARCO
En la ciudad de Barcelona, a veintidos de octubre de dos mil tres.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial,los presentes autos de Juicio verbal, número 78/2003 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 4 Santa Coloma de Gramenet, a instancia de MUSSAP,CIA. DE SEGUROS; SA Y REASSEGURANCES APF,contra D/Dª. Pedro Francisco Y SEGUROS GENESIS METLIFE; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por Pedro Francisco contra la Sentencia dictada en los mismos el día 24 de mayo de 2003, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por MUSSAP MUTUA D'ASSEGURANCES I REASSEGURANCES, debo condenar y condeno a Don Pedro Francisco a que abone a la demandante la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS UN EUROS CON VEINTINCO CÉNTIMOS (2.501,25 Euros), más los intereses legales de la misma y costas procesales, desestimando la demanda contra la codemnadada GEMINIS SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, condenando a la demandante al pago de las costas procesales causadas a la misma.".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria se opuso en tiempo y forma; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 7 de octubre de 2003.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. AMELIA MATEO MARCO.
El codemandado, que resultó condenado en la primera instancia a indemnizar los daños sufridos en la vivienda del asegurado de la actora por un objeto incendiado que había caído de su vivienda, apela la sentencia alegando que no fue él el responsable, porque el incendio que se originó en su vivienda se debió a un caso fortuito, y que en el caso de que se declarara su responsabilidad, debería condenarse también a su aseguradora.
El incendio...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba