SAP Valladolid 139/2007, 16 de Mayo de 2007

PonenteMARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO
ECLIES:APVA:2007:451
Número de Recurso308/2007
Número de Resolución139/2007
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

VALLADOLID

SENTENCIA: 00139/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

Sección 4

Rollo: 308/2007

Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 5 de VALLADOLID

Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 87/2006

SENTENCIA núm. 139/07

Ilma. MAGISTRADO DÑA. MARIA TERESA GONZALEZ CUARTERO.

En VALLADOLID a dieciséis de Mayo de dos mil siete

La sección 4 de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal del Juicio de Faltas expresado, siendo partes en esta instancia, como apelante Hugo, representado por la Procuradora Sonia Blanco Pérez y asistido por el Letrado Fernando Rosat Jorge, Rosa, representada por la Procuradora Sonia Blanco Pérez y asistida por el Letrado Pablo Teijeiro Castro HANNOVER INTERNATIONAL ESPAÑA SA, representado por la Procuradora Cristina Izquierdo Hernández y asistido por el Letrado Manuel Suárez Nájera y como apelado el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juez del JUZGADO INSTRUCCION nº 5 de VALLADOLID, con fecha 17.7.06 dictó sentencia en el Juicio de Faltas del que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes: "UNICO.- Queda probado y así se declara que el día 09 de julio de 2.004 Rosa y Hugo circulaban como ocupantes en el vehículo SEAT Ibiza matrícula....-MKR cuando éste circulaba por el Paseo Zorrilla de Valladolid, y sufrió un accidente de circulación el que intervino el vehículo turismo Rover matrícula....-DMR, al circular a una velocidad excesiva y salirse de la vía.

Consecuencia de tal accidente Hugo sufrió lesiones de las que tardó en curar 494 días estando 8 hospitalizado y todos ellos impedido para sus ocupaciones habituales, quedándole como se secuelas: fractura-acuñamiento vértebra L13, menor del 50% de la altura de la vértebra valorado por el médico forense en 6 puntos, cuadro clínico derivado de profusiones discales sin operar valorado en 6 puntos, algias postraumáticas lumbares con compromiso radicular valorado en 6 puntos, hundimiento del globo ocular izquierdo mínimo, que no produce alteraciones funcionales pero si daño estético ligero valorado en 3 puntos, desviación nasal que produce un daño estético leve, y varias cicatrices que producen ligero perjuicio estético valoradas en 2 puntos".

SEGUNDO

La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a Alvaro como autor responsable de una falta de imprudencia con resultado de lesiones prevista y penada en el Ar. 621.4 del Código Penal, a la pena de MULTA DE DIEZ DIAS a razón de una cuota diaria de DOS EUROS, y a que indemnice solidariamente con la Compañía HDI HANNOVER INT a:

.- Hugo en la suma de TRES MIL NOVECIENTOS TRECE EUROS CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (3.913,65) y

.- a Rosa en la suma de TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES EUROS CON DIECISIETE CENTIMOS (3.673,17 euros).

Devengando dichas cantidades los intereses del Art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro ; así como al abono de las costas procesales.

Conforme al Art. 53 del Código Penal si los condenados no satisficieren voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas".

TERCERO

Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por Hugo, HANNOVER INTERNATIONAL ESPAÑA SA, Rosa, que fue admitido en ambos efectos, y practicadas las diligencias oportunas, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal, donde se registraron, se formó el rollo de Sala y se turnaron de ponencia.

No habiéndose propuesto diligencias probatorias y al estimarse innecesaria la celebración de la vista para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron los autos vistos para sentencia

CUARTO

Como fundamentos de impugnación de la sentencia se alegaron sustancialmente los siguientes:

- Error en la apreciación de las pruebas.

PRIMERO

El 9.7.04, Rosa y Hugo eran ocupantes del vehículo SEAT....-MKR, que conducía Alvaro, asegurado en Hannover International, S.A., y, cuando circulaban por el Paseo zorrilla, de Valladolid, debido a exceso de velocidad, el conductor perdió el control del vehículo, chocando contra un bordillo y girando, yendo a colisionar contra un árbol.

A consecuencia del siniestro, Hugo sufrió lesiones de las que tardó en curar 494 días, 8 de ellos de hospitalización y todos impeditivos, y como secuelas, le quedan: 1) fractura de acuñamiento de vértebra, valorada en 6 puntos; 2) cuadro clínico derivado de profusiones discales sin operar, valorado en 6 puntos, 3) algias...

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