SAP Asturias 600/2000, 23 de Noviembre de 2000
Ponente | GUILLERMO SACRISTAN REPRESA |
ECLI | ES:APO:2000:4479 |
Número de Recurso | 324/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 600/2000 |
Fecha de Resolución | 23 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª |
SENTENCIA NUMERO 600/2000
Rollo: FAMILIA 324 /2000
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE:
D. José Antonio Seijas Quintana
MAGISTRADOS
D. Guillermo Sacristán Represa.
D. Rafael Martín del Peso.
En OVIEDO, a veintitrés de Noviembre de dos mil.
VISTOS, en grado de apelación por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los presentes autos de Juicio Liquidación de Sociedad de Gananciales 308/98, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Num. 1 de Siero, Rollo de Apelación numera 324/00 , entre partes, como Apelante/s Camila , representado/s por el Procurador Sr./a. LOSA PÉREZ-CURIEL, bajo la dirección letrada de Don/Dña. JOSÉ MIGUEL MÉNDEZ VELASCO, y como Apelado/s Aurelio , representado/s por el Procurador Sr./a. LÓPEZ CASTRO, bajo la dirección letrada de Don/Dña. SALVADOR SOLÍS GARCÍA.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia Num. 1 de Siero dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 24 de abril de 2000 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por la procuradora de los tribunales y de DOÑA Camila , DOÑA Angelina , contra DON Aurelio , representado por la procuradora de los tribunales DOÑA MARÍA TERESA SÁNCHEZ ORDÓÑEZ, debo declarar y declaro no haber lugar a la misma, absolviendo al demandado de las peticiones contra él dirigidas, con imposición de costas a la parte actora".
Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandante, se interpuso Recurso de Apelación, que fue admitido a trámite, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial donde se personaron las partes expresadas y, cumplidos los oportunos traslados se señaló para la vista del recurso el día 21 de noviembre de 2000, en cuyo acto la parte apelante solicitó larevocación de la sentencia y la Apelada su confirmación.
En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr./ DON Guillermo Sacristán Represa.
La sentencia impugnada desestima las dos peticiones hechas por Dª. Camila , en el incidente que plantea de inclusión y exclusión de bienes, es decir: a) la exclusión de la carga consistente en el derecho de uso concedido a D. Aurelio , sobre el piso NUM000 NUM001 del edificio nº NUM002 de la CALLE000 de Pajares de Lugones, y b) la inclusión en el activo de los salarios, pluses incentivos y cualesquiera otras retribuciones percibidas por D. Aurelio desde el 18 de junio hasta el 30 octubre 1998, fechas, la primera del abandono del comícilio de la peticionaria, y la...
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