SAP León 11/2003, 14 de Enero de 2003

PonenteOLGA MARIA CABEZA SANCHEZ
ECLIES:APLE:2003:65
Número de Recurso381/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución11/2003
Fecha de Resolución14 de Enero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 2ª

SENTENCIA NUM. 11/03

Iltmos. Sres.

D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Presidente Accidental

D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ.- Magistrado

Dª. OLGA MARIA CABEZA SANCHEZ.- Magistrado Suplente

En León, a catorce de enero de dos mil tres.

VISTOS, ante el Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido parte apelante D. Ángel Jesús , representado por el Procurador D. Ismael Diez Llamazares y asistido por el Letrado D. Luis Díez Bardón y como apelada Dª. Inmaculada , representada por el Procurador D. Fernando Fernández Cieza y asistida por el Letrado D. Jesús-Angel Quintano Escapa, actuando como Ponente para este trámite la Iltma. Sra. Dª. OLGA MARIA CABEZA SANCHEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado expresado al margen, se dictó sentencia en los referidos autos con fecha 15 de mayo de 2002 cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Estimando la demanda de formación de inventario de los bienes gananciales del matrimonio formado por D. Ángel Jesús Y Dª Inmaculada , debo declarar y declaro que forman parte de dicho inventario los siguientes bienes: 1.-BIENES INMUEBLES: A) Finca NUM000 , local en planta NUM001 , señalado con el n° NUM002 , sita en la C/ DIRECCION000 de León.- b) Finca NUM003 , vivienda en planta NUM004 , letra E, sita en la C/ DIRECCION000 , y que lleva como anejo inseparable trastero señalado con el número NUM005 , situado en la planta de NUM006 , del mismo edificio.- c) Un tercio de dos veinticuatroavas partes indivisas de la finca NUM007 , local de garaje en la planta NUM008 .- d) Dos veinticuatroavas partes indivisas de la finca NUM007 , local de garaje, con 24 plazas, situado en la planta de NUM008 .- e) Un tercerio de dos veinticuatroavas partes indivisas de la finca NUM009 , local de garaje en la planta de NUM006 .- f) Dos veinticuatroavas partes indivisas de la finca NUM009 , local de garaje, con 24 plazas en la planta de NUM006 .- g) Una novena parte indivisa de las fincas NUM010 y NUM011 , dependencias señaladas conlas letras A) y B), en la planta NUM008 .- h) Una tercera parte indivisa de una finca rústica de secano, sita en la Concentración Parcelaria de la Zona de Chozas de Abajo (León), polígono NUM012 , masa NUM013 .NUM014 .- BIENES MUEBLES: a) Automóvil marca Renault- 18, matrícula MO-....-F .- Además se incluye como pasivo de la Sociedad de Gananciales el préstamo hipotecario concedido por la entidad CAJAESPAÑA, de León, n° de cuenta NUM015 .- Se incluye igualmente en el inventario la construcción, valla, piscina y pozo realizados en la finca privativa del esposo, denominada " DIRECCION001 ", situada en Villaverde de Abajo, la plantación de Chopos en las fincas propiedad de la madre de la esposa, 20.000 Kilos de Trigo, los bienes del ajar doméstico señalados en la propuesta de liquidación presentada con el escrito inicial, el importe del Crédito por 212.000 a cargo de la esposa, además de los plazos del Crédito Hipotecario que haya pagado uno de los cónyuges, y el importe abonado por el Impuesto de Bienes Inmuebles sobre los gananciales.- No cabe hacer especial pronunciamiento sobre las costas".

SEGUNDO

Contra la relacionada sentencia se interpuso recurso por la parte demandada y dado traslado a las demás partes personadas ante el Juzgado, por la demandante se presentó escrito de oposición al mismo, remitiéndose las actuaciones a esta Sección y señalándose para la fecha de deliberación el día 8 del pasado mes de octubre.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia de instancia en todo lo que no se oponga a la que sigue;

SEGUNDO

Se alza contra dicha resolución la representación procesal de D. Ángel Jesús , impugnan en primer lugar la inclusión en la relación o inventario de bienes gananciales recogida en la sentencia de instancia, de la construcción y valla de la finca del esposo, " DIRECCION001 ", y ello porque no se trata de un bien ganancial, ya que la construcción ya existia en la finca cuando fue donada por la madre al esposo, al igual que la valla y la puerta que cierra la finca, pues consta que las licencias de obra son anteriores a dicha donación.

El motivo va a prosperar; si observamos los documentos aportados, la escritura de donación de la madre del esposo es de 1985, en concreto de enero de 1985 (folio 193 y ss), sin embargo la licencia de cierre de la finca y de construcción de "tendejón" son de fecha anterior, en concreto de 1982 y 1983, luego en principio, a la fecha a la que se realizaron las construcciones discutidas la propietaria de las fincas era la madre del apelante, debiendo presumirse, a falta de prueba de quien abonó tales obras, que fueron sufragadas por ésta, (art. 359 CCivil), por lo que tanto el valor de la construcción, como el de la valla y cierre realizados en la finca privativa del esposo, denominada " DIRECCION001 ", situada en...

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