SAP Jaén 321/2002, 5 de Septiembre de 2002

PonenteMARIA JESUS GALLARDO CASTILLO
ECLIES:APJ:2002:1158
Número de Recurso274/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución321/2002
Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 1ª

SENTENCIA N° 321

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. Pío Aguirre Zamorano

MAGISTRADOS

Dª. María Jesús Jurado Cabrera

Dª. María Jesús Gallardo Castillo

En la Ciudad de Jaén a, cinco de septiembre de dos mil dos.

Vistos en grado de apelación, por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Menor Cuantía seguidos en primera instancia con el nº 102 del año 2000, por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Andújar, rollo de apelación de esta Audiencia nº 274 del año 2002, a instancia de la entidad mercantil PLAKA, SA., representada en la instancia por la Procuradora Sra. Chillaron y defendida por el Letrado Sr. García Macarrón, contra D. Narciso , Doña Alejandra , D. Jose Ángel , Doña Erica y MOVEPLAST, SL., defendidos en la instancia por la Letrada Sra. Almagro López.

ACEPTANDO los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Andújar, con fecha 23 de noviembre de 2001.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que estimando íntegramente la demanda interpuestas por el Procurador de los Tribunales Dª. Ana María Chillarón Carmona, en nombre y representación de la entidad PLAKA, SA., contra la sociedad MOVEPLAST SL, y contra sus administradores, debo condenar y condeno solidariamente a la mercantil demandada, y a Don Narciso , Doña Alejandra , Dª. Erica , D. Bruno , Dª. María Milagros y Dª. Carolina , a abonar a la actora la cantidad de DOS MILLONES OCHOCIENTAS ONCE MIL DOSCIENTAS VEINTIOCHO PESETAS (2.811.228 pts) más los intereses legales de la citada cantidad, todo ello con expresa imposición a los demandados de las costas del procedimiento."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso por Bruno , Doña Carolina y Doña María Milagros , herederos del codemandado D. Jose Ángel en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Andújar, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso interesando la revocación de la Sentencia por otra de acuerdo con sus pretensiones.

TERCERO

Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito impugnándolo por la partes actora, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resoluciónoportuna.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales. Siendo Ponente la Iltma. Sra. Dña. María Jesús Gallardo Castillo.

Aceptando los Fundamentos de Derecho de la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Denuncia la apelada en su escrito de oposición al recurso de Apelación interpuesto por los herederos de uno de los codemandados en primera instancia, la extemporaneidad del recurso interpuesto y, por ende, su necesaria inadmisión; extemporaneidad que encuentra su causa en el hecho de haberse solicitado por los...

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