SAP Valencia 23/2000, 19 de Enero de 2000
Ponente | Francisco José Ferrando Zurriaga. |
Número de Resolución | 23/2000 |
Fecha de Resolución | 19 de Enero de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia |
Ilustrísimos Señores Magistrados:
Presidente
D. Francisco J. Ferrando Zuriaga
Magistrados:
D. José Manuel Valero Díez
Dª. Carmen Tamayo Muñoz
En la ciudad de Valencia a diecinueve de Enero de dos mil.
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los Iltmos. Señores anotados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia de fecha 23 de Marzo de 1.999, dictada por Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 16 de Valencia, en autos de juicio de menor cuantía, sobre reclamación de cantidad, seguidos en dicho Juzgado con el número 32 de 1.998. Han sido partes en el recurso, como apelante, el demandado D. IEM, por sí y en representación de la Herencia Yacente de su esposa Dª. VSF, representado por el Procurador D. Ignacio J. Aznar Gómez y defendido por el Letrado D. Antonio Orero Clavero, y como apelado el demandante D. CASS, representado por la Procuradora Dª. Almudena Llovet Osunay defendido por la Letrada Dª. María Isabel Ibáñez García, y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Francisco José Ferrando Zuriaga.
El Fallo de la Sentencia apelada literalmente dice: "Que estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Doña Almudena Llovet Osuna, en nombre y representación de Don CASS, contra Don IEM, representado por el Procurador de los Tribunales D. Ignacio Aznar Gómez y la Herencia Yacente de Dª. VSF, declarada en rebeldía, debo declarar y declaro haber lugar a la misma y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la parte demandada satisfacer a la actora la suma de novecientas doce mil pesetas (912.000 pesetas) en concepto de principal, más los intereses legales de dicha suma desde la fecha de la interpelación judicial, todo ello con expresa imposición a la parte demandada de las costas procesales".
Notificada dicha Sentencia a las partes, por la representación del demandado, se interpuso recurso de apelación contra la misma, y admitido que fue el recurso, se remitieron los autos a este Tribunal, previo emplazamiento de las partes, en donde comparecieron ambas. Tramitado el recurso, se señaló para el acto de la Vista el día 11 de Enero de 2.000, en el que ha tenido lugar, y en el cual, tras las alegaciones que estimaron oportunas, el Letrado de la parte apelante solicitó la revocación de la Sentencia de instancia, ya que debía haberse admitido la excepción de litisconsorcio pasivo necesario, conimposición de las costas de esta alzada a la parte contraria, y el de la parte apelada la...
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