SAP Burgos 396/2003, 11 de Julio de 2003

PonenteMARIA ESTHER VILLIMAR SAN SALVADOR
ECLIES:APBU:2003:897
Número de Recurso278/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución396/2003
Fecha de Resolución11 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 396.

En Burgos, a once de Julio de dos mil tres.

VISTOS , por esta Sección de la Audiencia Provincial de Burgos el Rollo de Sala núm. 278 de 2.003, dimanante del juicio verbal número 577/02, del Juzgado de Primera Instancia Nº 5 de Burgos, sobre reclamación de cantidad, en recurso de apelación interpuesto contra sentencia de fecha 27 de Febrero de

2.003, en el que han sido partes, en esta segunda instancia, como demandante- apelante, la entidad mercantil "HOTEL PUERTA DE BURGOS, S.A." , con domicilio social en Burgos, representada por el Procurador D. César Gutiérrez Moliner y defendida por el Letrado D. Diego Velázquez González; y, como demandados-apelados, D. Everardo y Dª Remedios , mayores de edad, vecinos de Burgos, representados por el Procurador D. Javier Cano Martínez y defendidos por la Letrada Dª Carmen García Martínez; y la entidad mercantil "SERVICIOS DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA NUEVO BURGOS MJTM, S.L." , con domicilio social en Burgos, en situación procesal de rebeldía en esta instancia. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª MARÍA ESTHER VILLÍMAR SAN SALVADOR, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Los de la resolución recurrida, que contiene el siguiente

    FALLO

    "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. César Gutiérrez Moliner, en nombre y representación del "HOTEL PUERTA DE BURGOS, S.A.", contra "SERVICIOS DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA NUEVO BURGOS MJTM, S.L.", en rebeldía procesal, D. Everardo y Dª Remedios , representados por el Procurador D. Javier Cano Martínez, debo condenar y condeno a la entidad Servicios de la Propiedad Inmobiliaria Nuevo Burgos MJTM, S.L., a abonar a la actora la cantidad de DOS MIL NOVENTA Y SIETE EUROS Y ONCE CÉNTIMOS (2.097,11 €), más los intereses legales desde la interposición de la demanda, y debo absolver y absuelvo a D. Everardo y Dª Remedios de los pedimentos deducidos en su contra en la demanda. Todo ello con imposición de las costas a la entidad codemandada condenada".2.- Notificada la anterior resolución a las partes, por la representación de la entidad demandante se presentó escrito preparando recurso de apelación, que posteriormente formalizó dentro del término que le fue concedido al efecto. Dado traslado a la parte contraria, para que en el término de diez días presentase escrito de oposición al recurso o de impugnación de la resolución, lo verificó en tiempo y forma, oponiéndose al recurso mediante escrito que consta en las actuaciones; acordándose por el Juzgado, la remisión de los autos a la Audiencia Provincial de Burgos, habiendo correspondido en el reparto general de asuntos, a esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

  2. - Recibidos los autos y formado el correspondiente Rollo de Sala, se turnó de ponencia, señalándose para votación y fallo el día 8 de Julio pasado, en que tuvo lugar.

  3. - En la tramitación del presente recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Procede la confirmación de la sentencia recurrida cuyos fundamentos jurídicos sedan por reproducidos en cuanto no se opongan a los de esta resolución.

SEGUNDO

La...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR