AAP Madrid 1019/2003, 11 de Noviembre de 2003

ECLIES:APM:2003:12372
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución1019/2003
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 17ª

ROLLO DE APELACION Nº : 313/03

PROCEDIMIENTO

: ABREVIADO 843/02

JUZGADO DE LO PENAL Nº 2 GETAFE

MAGISTRADOS Ilustrísimos Señores:

D. JESUS FERNANDEZ ENTRALGO

(Presidente)

Dña. MANUELA CARMENA CASTRILLO

Dña. CARMEN ORLAND ESCAMEZ

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en la causa al

margen de referencia, ha dictado,

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD, EL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 1019/03

En la Villa de Madrid, a once de noviembre de dos mil tres.

La Sección Decimoséptima de la Ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, formada por los Ilustrísimos Señores Magistrados D. JESUS FERNANDEZ ENTRALGO (quien la preside), Dña. MANUELA CARMENA CASTRILLO y Dña. CARMEN ORLAND ESCAMEZ, ha visto el recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. Fernando Aragón Martín, en nombre y representación procesal de Valentín , contra la sentencia dictada con fecha dos de julio de dos mil tres, en procedimiento abreviado 843/02 por el Juzgado de lo Penal nº 2 de los de Getafe. Intervino como parte apelada el Ministerio Fiscal. La Ilustrísima Señora Magistrada Dña. MANUELA CARMENA CASTRILLO actuó como Ponente y expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha dos de julio de dos mil tres se dictó sentencia en Procedimiento Abreviado 843/02 por el Juzgado de lo Penal nº 2 de los de Getafe.

En dicha resolución y en su parte dispositiva se contenía el siguiente fallo:

" Que debo condenar y condeno a Valentín , como autor responsable de un delito de hurto del artículo 234 del Código Penal, concurriendo la circunstancia agravante de abuso de confianza del artículo 22.6º del Código Penal, a la pena de cinco meses de prisión, que en virtud de lo dispuesto en el artículo 88 del Código Penal, se sustituye por 40 fines de semana de arresto y costas."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación por el Procurador D. Fernando Aragón Martín, en nombre y representación procesal de Valentín .

TERCERO

Se dio traslado a las demás partes personadas, a fin de que pudieran formular sus alegaciones. Remitidas las actuaciones a este Tribunal, no se estimó precisa la celebración de vista, quedando pendiente el procedimiento de resolución en esta segunda instancia.

HECHOS PROBADOS

UNICO.- Se asumen y tienen por reproducidos los fijados como tales en la sentencia recurrida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Plantea en primer lugar el apelante su disconformidad con la sentencia recurrida, ya que considera que no ha valorado debidamente la prueba que se desarrolló en el acto del juicio.

Basa su argumentación el letrado recurrente en que solamente acudió como testigo de cargo, al acto del Juicio, uno de los dos policías citados y que el policía testigo no se limitó a mantener lo que ya había dicho en el atestado, sino que añadió nuevos elementos que no figuraban en aquel atestado, como fue lo relativo a la conversación que mantuvo el acusado con una tercera persona no identificada.

Justifica su disconformidad con la prueba interpretada en la sentencia recurrida, en que en su criterio, existe una contradicción entre el certificado de la empresa Msas Global Logísticas que aparece en el folio 17 de las actuaciones y la relación de las cajas de botellas que se dice fueron sustraídas y que aparece en el atestado policial como diligencia de reseña de objetos intervenidos al detenido en el folio 12 de estas actuaciones.

Dice el...

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