AAP Madrid 112/2003, 11 de Noviembre de 2003

ECLIES:APM:2003:12411
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución112/2003
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

Expediente de Fiscalía nº 1057/2001

Expediente del Juzgado nº 805/2001

Juzgado de Menores nº 6 de Madrid

Rollo de Sala nº 188/2003

ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado en el nombre de SU

MAJESTAD EL REY, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 112/2003

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID )

ILMOS SRES. SECCIÓN CUARTA

)

Presidente

)

D ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ

Magistrados

)

Dª Mª PILAR OLIVÁN LACASTA

D PASCUAL FABIÁ MIR

En Madrid, a once de noviembre de dos mil tres.

VISTO en segunda instancia ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, el recurso de apelación contra la sentencia de 9 de junio de 2003 dictada por el Juzgado de Menores nº 6 de Madrid en el Expediente nº 805/2003; habiendo sido partes en la sustanciación del recurso, como apelante el menor Eduardo, defendido por el Letrado D. Carlos Bozal Aranda, y como apelado el Ministerio Fiscal y el menor Luis Francisco, defendido por el Letrado D. Francisco Javier Borrego Rodríguez; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Menores dictó sentencia en el expediente indicado, cuyo relato de hechos probados y parte dispositiva son como sigue:

"HECHOS PROBADOS.- Resulta indiciariamente acreditado que los menores, Eduardo en cuanto nacido el día 28 de julio de 1987 junto con otros, en el camino de Santa Catalina de la localidad de Fuente del Saz del Jarama, con el fin de manejar temporalmente un vehículo de motor sin la voluntad de su dueño, penetraron con pleno conocimiento de la procedencia ilegal del vehículo de motor sin la voluntad de su dueño, penetraron con pleno conocimiento de la procedencia ilegal del vehículo en el Fiat modelo Regata matrícula M-5001-JG propiedad de Jose Ángel, y que había sido sustraído el día 11 de marzo de 2001 en la localidad de San Sebastián de los Reyes, y acto seguido accionó el sistema de arranque con una barita que ya estaba puesta, circuló unos metros hasta colisionar con una torre de suministro eléctrico propiedad de IBERDROLA, resultando los tres ocupantes del vehículo con lesiones de diversa consideración, el poste de hormigón de la dañado, el vehículo ha sido tasado en cuanto a su valor venal en 721,21 euros, no así los daños en dicho vehículo ni en la torre de Iberdrola. No resulta acreditado los hechos imputados a Luis Francisco".

"FALLO.- Que debo declarar y declaro a Eduardo, autor responsable de un delito de hurto de uso de vehículo a motor imponiéndole la medida de 4 sesiones de prestación en beneficio de la comunidad y debo absolver y absuelvo a Luis Francisco de los hechos imputados en el escrito de alegaciones del Ministerio Fiscal".

SEGUNDO

Contra dicha resolución la defensa del menor interpuso el recurso de apelación, alegando infracción de ley por indebida aplicación del art. 244.1 C.P., interesando la libre absolución de su defendido.

TERCERO

Admitido el recurso y efectuado el correspondiente traslado a las...

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