SAP Almería 35/2003, 7 de Febrero de 2003

ECLIES:APAL:2003:191
Número de Recurso31/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución35/2003
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 2ª

SENTENCIA NUM. 35

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ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. DON BENITO GALVEZ ACOSTA

MAGISTRADOS

D. JOSE MARIA CONTRERAS APARICIO

D. MANUEL ESPINOSA LABELLA

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En la Ciudad de Almería, 7 de Febrero de 2.003.

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, ha visto y oído en grado de apelación, rollo número 31/03 los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Almería (antigüo mixto núm. 2), seguidos con el número 793/02 sobre Juicio Verbal en reclamación de cantidad entre partes, de una como apelante Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., representada por el Procurador D. José Soler Turmo y dirigida por el Letrado D. Enrique Sánchez Gómez y, de otra como apelada Grupo El Arbol, Distribución y Supermercados, S.A., representada por el Procurador D. Diego Ramos Hernández y dirigida por la Letrada Dña. Antonia Segura Lores.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Almería en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 28 de Octubre de 2.002, cuyo Fallo dispone: "Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Ramos Hernández en nombre y representación de GRUPO EL ARBOL DISTRIBUCION Y SUPERMERCADOS frente a SEVILLANA DE ELECTRICIDAD, representado por el Procurador Sr. Soler Turmo, debo condenar y condeno al citado demandado a abonar a la demandante la suma de SETECIENTOS EUROS(700 euros), más los intereses legales desde la notificación de la presente resolución; todo ello sin realizar especial pronunciamiento en costas.".

TERCERO

Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte demandada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a este Tribunal, donde se formó el rollo correspondiente, y seguido el recurso por sus trámites, se señaló día para votación y fallo, que tuvo lugar el 5 de Febrero de 2.003, solicitando el Letrado de la apelante en su escrito la revocación de la sentencia impugnada y que se dicte otra de conformidad con lo que en su escrito de recurso se aduce, bién de absolución, con expresa imposición de costas a la actora en la primera instancia, o alternativamente y de estimarse parcialmente la demanda, tener en cuenta que por perjuicio le correspondería a la actora el 15% del beneficio industrial, o sea 150 Euros, sin imposición de costas en ninguna de las instancias, y el Letrado de la parte apelada en su escrito de oposición al recurso solicitó la íntegra confirmación de la sentencia impugnada, con expresa imposición de las costas causadas en la alzada a la parte apelante.

CUARTO

En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

Y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. BENITO GALVEZ ACOSTA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los que, con tal...

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