SAP Zaragoza 174/2008, 26 de Marzo de 2008

PonenteANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
ECLIES:APZ:2008:388
Número de Recurso72/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución174/2008
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00174/2008

SENTENCIA núm. 174/2008

ILMOS. Señores:

Presidente:

D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA

Magistrados:

D. JAVIER SEOANE PRADO

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

En ZARAGOZA, a veintiséis de marzo de dos mil ocho.

En nombre de S.M. el Rey,

VISTOS por esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 253/2007, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 10 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 72/2008, en los que aparece como parte apelante-demandadas "HELVETIA PREVISIÓN, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS" y "CONFECCIONES ARAPIGAM, S.C.", representadas por la procuradora Dª MARIA LUISA HUETO SAENZ y asistidas por el Letrado D. DAVID ESTEBAN ARREGUI; y como parte apelada-demandada Soledad y Andrés, representados por la procuradora Dª MARIA DOLORES SANZ CHANDRO y asistidos por el Letrado D. JOSÉ RAMÓN GONZÁLEZ BARRIGA; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 16 de noviembre de 2007, cuyo FALLO es del tenor literal: "FALLO.- Que desestimando la demanda formulada por HELVETIA PREVISION S.A. y CONFECCIONES ARAPIGAM contra Andrés y Soledad, en reclamación de cantidad, debo absolver y absuelvo a los demandados del abono de la suma reclamada, con imposición de las costas procesales causadas a los demandantes".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de las demandantes se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso, remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los Autos y cinta de video, y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, señalándose día para deliberación, votación y fallo el 17 de marzo de 2008

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los de la sentencia recurrida, y

PRIMERO

Reclama la parte actora la porción del precio de reparación de los bienes de la propietaria del local que no han sido indemnizadas por la aseguradora del piso 1º C, propiedad actualmente de los demandados. Es decir, de un total de 9.410,49 euros, "Norte Hispania" indemnizó 6.010,12 euros, restando -por tanto- los 3.400,37 euros que ahora se reclaman (2.459,32 euros para la aseguradora "Helvetia" y 941,05 euros para ARAPIGAM).

SEGUNDO

Los demandados, propietarios desde el 30 de junio de 2006, contestaron a la demanda negando el relato fáctico de la misma, pero sin exponer ninguna otra versión de los hechos.

La sentencia apelada consideró que los actores no habían probado la causa del siniestro, el origen de la filtración y desestimó la demanda.

TERCERO

El objeto de discusión entre la parte demandante y la sentencia, puesto que los demandados nada explicaron, es si el punto por...

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